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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5876

QUE NOMBRA AL LIC. RAMON S. COSME GOBERNADOR CIVIL DE LA PROVINCIA DE LA VEGA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 jun de 1960fecha
Designacióntipo
G. O. 8492Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ramón S. CosmeDesignaciónEn sustitución de Julián SuardíGobernador CivilProvincia de La Vega
Julián SuardíSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de La Vega

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Ramón S. Cosme · Gobernador Civil · Provincia de La Vega

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 27 jul de 1960. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5876, que nombra al Lic. Ramón S. Cosme Gobernador Civil de la Provincia de La Vega. G. O. Nº 8492, del 23 de Julio de 1960. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5876 En ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 54 y 84 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El Licenciado Ramón S. Cosme queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de La Vega, en sustitución del Licenciado Julián Suardí. Art. 2.—Queda derogado el Decreto Nº 5707, de fecha 27 del mes de abril del año en curso, 1960. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de junio del mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 31° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA,

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona