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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1308

QUE CONCEDE LA CONDECORACION DE LA ORDEN DEL MERITO MILITAR CON DISTINTIVO BLANCO, A VARIOS OFICIALES DEL EJERCITO NACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ago de 1983fecha
Condecoracióntipo
G. O. 9619Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1308, que concede la condecoración de la Orden del Mérito Militar con Distintivo Blanco, a varios Oficiales del Ejército Nacional. G. O. No. 9619, del 16 de agosto de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1308 CONSIDERANDO que son reconocidos los méritos, lealtad y consagración con que han servido durante largo tiempo en el Ejército Nacional, los oficiales que se citan en la parte dispositiva del presente Decreto; VISTA la Ley No. 21, de fecha 15 de noviembre de 1930, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede la condecoración de la Orden del Mérito Militar con Distintivo Blanco, en las Categorías correspondientes a sus respectivos rangos, a los oficiales que se detallan a continuación, quienes han servido en el Ejército Nacional por más de diez años, con un limpio historial: Teniente Coronel Médico Angel R. Roedan Majluta; Primeros Tenientes Adriano Silverio Rodríguez, Manuel Ernesto Polanco Salvador, José Ricardo Estrella Fernández, Pedro de Jesús Candelier Tejada; Segundo Teniente Téc. Lab. Juan Luis Fco. Ricardo Cid; Segundo Teniente C. M. Jesús Lantigua Almonte; Segundos Tenientes Ernesto Muñoz y Muñoz, Sterling Lozano Noesi, Cristóbal Terrero Ruiz, Rafael Marlon Ant. Echavarría Castillo, Eladio Antonio García Caraballo, Damaso Gutiérrez Cruz, Joaquín María Reyes Polanco, Tulio Mercedes Pérez, Altermio Vargas Acevedo, Gerardo de Jesús Torres Pilarte, Porfirio Antonio Báez Peralta, Eulogio Marmolejos Peña, José Florentino Zaldívar Rojas, Pedro Pablo Martínez Santos, Luis Reyes Trinidad, Cipriano Florentino Abréu, Carlos Julio Reynoso Peña, Regino Gil de Castro, Santiago López de la Cruz, Eduardo Pérez Cuevas, Agustín María Núñez Fernández, Jacinto Concepción Farías, Roque González Tejada, Pedro Pablo Colón Francisco, Vicente Decena Nova, Juan Ramón Sánchez Collado, Arsenio Valenzuela Cuevas, Pulido Teófilo Mena Martínez, Cecilio Sena Méndez, Joaquín Ramón Herrera Puello, Rafael Marte Jiménez, Adriano Mercedes Hernández, Oscar Bdo. Guichardo Toribio, Franklyn Delano Pérez y Pérez, Julian Montero Ogando y Pablo Reyes Figueroa. Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona