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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1297

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 ago de 1983fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9619Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1297, que concede senas pensiones del Estado a varios servidores de la Administración Pública. G. O. No. 9619, del 16 de agosto de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1297 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación a las personas siguientes: 1) Redemiro Berroa, con una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 2) Patria Ferreras Vda. Reyes, con una pensión del Estado de doscientos cincuentiun pesos con veinte centavos (RD$251.20) mensuales; 3) Ana Antonia Manzueta Pimentel, con una pensión del Estado de quinientos cuatro pesos oro (RD$504.00) mensuales; +998– 4) Ana Eludina Fernández de Rodríguez, con una pensión del Estado de doscientos treintitres pesos con veintiseis centavos (RD$233.26) mensuales; 5) Dominga Carpio de Montilla, con una pensión del Estado de ciento setentiocho pesos con noventitres centavos (RD$178.93) mensuales; 6) Aura de la Cruz Suarez de Rodríguez, con una pensión del Estado de ciento noventicuatro pesos con cuatro centavos (RD$ 194.04) mensuales; 7) María Francisca Durán Rodríguez, con una pensión del Estado de ciento ochenticuatro pesos con ochenta centavos (RD$ 184.80) mensuales; 8) Hilda Ramona Espinal de Gómez, con una pensión del Estado de trescientos cinco pesos con treintiseis centavos (RD$ 305.36) mensuales; 9) Melania Estela Reyes de Díaz, con una pensión del Estado de doscientos quince pesos con ochentiocho centavos (RD$215. 88) mensuales; 10) Aida Ivonne Rivas Herasme de Peña, con una pensión del Estado de doscientos treintitres pesos con veinte centavos (RD$ 233.20) mensuales; 11) Catalina Vidal de Carrasco, con una pensión del Estado de doscientos seis pesos con ocho centavos (RD$206.08) mensuales; 12) Erita María Vásquez de Holguín, con una pensión del Estado de trescientos setentiun pesos con once centavos (RD$371. 11) mensuales; 13) Lilia Marina Henríquez de Abreu, con una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 14) Matilde Medina, con una pensión del Estado de ciento ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 15) Cantalicia Encarnación de Matos, con una pensión del Estado de ciento noventa pesos con sesentiseis centavos (RD$ 190.66) mensuales; 16) Doris Altagracia Pimentel de Mendoza, con una pensión del Estado de ciento ochenticuatro pesos con ochenta centavos (RD$184.80) mensuales; 17) Fernanda Eustaquio de Domínguez, con una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 18) Ana Luisa Felipe Suero, con una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales. Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona