Texto de la norma
Dec. No. 1287, que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombrer
G. 0. No. 9619. del 16 de agosto de 1983
SALVADOR JORGE BLANC0
Presidente de la Repiiblica Dominicana
NUMEKO: 1287
CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio
de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que fi-
guran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas fue-
ron autorizadas a realizar 10s procedimientos establecidos por la
Ley No. 659. sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio
de 1944:
CONSIDERANDO que en cada cas0 la Junta Central Electo-
ral ha inforinado no haber recibido dentro del plazo legal, n i n a n
acto de oposicibn a las solicitudes formuladas en tal sentido por
10s in teresados:
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CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La señora Ylcia Antonia Alba Salcedo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ylsis Antonia Alba Salcedo.
Art. 2.— El señor Benigno Linares Linares, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Linares Linares.
Art. 3.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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