Texto de la norma
Dec. No. 1282, que autoriza una emisión de sellos postales.
G. O. No. 9619, del 16 de agosto de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1282
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de siete centavos, a colores.
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de quince centavos, a colores.
Art. 2.- Los sellos de siete centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de una basquebolista en acción y una gimnasta en las argollas; hacia el lado superior izquierdo a dos renglones se leerá "República Dominicana"; a renglón seguido en el lado superior izquierdo aparecerán las palabras "Correo Aéreo"; a renglón seguido en el mismo lado aparecerá el valor facial expresado así: "7 ¢"; hacia el lado inferior izquierdo a tres reglones llevarán la inscripción "Juegos Panamericanos-Venezuela-83."
Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal la figura de un boxeador en posición de ataque y un deportista realizando el salto con garrocha; hacia el lado superior izquierdo a dos renglones se leerá "República Dominicana"; a renglón seguido en el lado superior izquierdo tendrán las palabras "Correo Aéreo"; a renglón seguido en el mismo lado aparecerá el valor facial expresado así: "10 ¢"; hacia el lado inferior izquierdo a tres renglones llevarán la inscripción "Juegos Panamericanos-Venezuela-83."
Los sellos de quince centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal una concepción artística representando un lanzador de beisbol en posición de lanzamiento, un ciclista en acción y un levantador de pesas; hacia el lado superior izquierdo a dos renglones se leerá "República Dominicana"; a renglón seguido tendrán las palabras "Correo Aéreo"; inmediatamente en el mismo lado aparecerá el valor facial expresado así: "15 ¢"; hacia el lado inferior izquierdo a tres renglones llevarán la inscripción "Juegos Panamericanos-Venezuela-83."
Art. 3.- Para dicha emisión se utilizará papel litográfico para estampillas Cromo 56B, sustancia 103 gm2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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