Texto de la norma
Dec. No. 1229, que concede naturalización dominicana a varias personas.
G. O. No. 9617, del 16 de julio de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1229
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía Han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) A los esposos Wen Chung Chang y Yueh-Chiao Lin de Chang, ambos de nacionalidad china, conjuntamente con sus hijos menores de edad Chih-Kang, Mei-Ling, Chia-Ling y Chih-Heng Chang Lin.
b) A los esposos Kheng-Leong Tee (a) Soon Hooi, L. S. H. Neoh y Su Yng Lee de Neoh, ambos de nacionalidad china, conjuntamente con sus hijos menores de edad Cheng Hong, Sin Wei (a) Vivi y Thian Yau (a) Regina Neoh Lee, todos de nacionalidad singaporeses.
Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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