Texto de la norma
Dec. No. 1200, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos del "Santo Domingo Country Club, Inc."
G. O. No. 9617, del 16 de julio de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1200
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la asociación que se menciona en la parte dispositiva del presente Decreto, en el sentido de que sea aprobada la modificación introducida en sus Estatutos;
VISTOS 10s documentos que acompafian dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio dc
1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un Beneficic
Pecuniario ;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Queda aprobada la modificaci6n de 10s Estatutosdel
“Santo Domingo Country Club”, Inc., con domicilio en [domicilio omitido].
Art. 2.- Dicha modificacion sed efectiva tan pronto como la
indicada asociacibn realice la publicacion y el dep6sito a que se
refiere el articulo 4 de la Ley No. 520, sobre asociaciones que no
tengan por objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio
de 1920.
t
Art. 3.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica,
para 10s fines comspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmhn, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s seis (6) dfas del mes
de julio del ail0 mil novecientos ochenta y tres; anos 1400. de la
Independencia y 1200. de la Restauracion.
SALVADOR JORGE BLANC0
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