Texto de la norma
Dec. No. 1189, que concede la medalla al Mérito del Maestro, a varios educadores dominicanos.
G. O. No. 9616, del 30 de junio de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1189
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado reconocer los altos merecimientos de los profesores que han demostrado abnegación y vocación de servicio, realizando una ardua labor en favor del Desarrollo de la educación nacional;
CONSIDERANDO: Que la Ley No. 70, de fecha 16 de noviembre de 1979, instituyó la Medalla al Mérito del Maestro, como máximo galardón con que el Estado Dominicano premia a los maestros que se hayan distinguido en el ejercicio de sus funciones;
VISTA la solicitud dirigida al Poder Ejecutivo por la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de PREMIO AL HONOR, con el nombre de Pedro Henríquez Ureña, a la Profesora Altagracia Camelia Disla Rodríguez.
Art. 2.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de RECONOCIMIENTO, con el nombre de Eugenio María de Hostos, al Profesor Carlos Alvarado Antigua.
Art. 3.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de ESTIMULO, con el nombre de Salomé Ureña de Henríquez, al Profesor Israel Bautista Lorenzo.
Art. 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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