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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1189

QUE CONCEDE LA MEDALLA AL MERITO DEL MAESTRO, A VARIOS EDUCADORES DOMINICANOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jun de 1983fecha
Condecoracióntipo
G. O. 9616Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1189, que concede la medalla al Mérito del Maestro, a varios educadores dominicanos. G. O. No. 9616, del 30 de junio de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1189 CONSIDERANDO: Que es deber del Estado reconocer los altos merecimientos de los profesores que han demostrado abnegación y vocación de servicio, realizando una ardua labor en favor del Desarrollo de la educación nacional; CONSIDERANDO: Que la Ley No. 70, de fecha 16 de noviembre de 1979, instituyó la Medalla al Mérito del Maestro, como máximo galardón con que el Estado Dominicano premia a los maestros que se hayan distinguido en el ejercicio de sus funciones; VISTA la solicitud dirigida al Poder Ejecutivo por la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de PREMIO AL HONOR, con el nombre de Pedro Henríquez Ureña, a la Profesora Altagracia Camelia Disla Rodríguez. Art. 2.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de RECONOCIMIENTO, con el nombre de Eugenio María de Hostos, al Profesor Carlos Alvarado Antigua. Art. 3.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de ESTIMULO, con el nombre de Salomé Ureña de Henríquez, al Profesor Israel Bautista Lorenzo. Art. 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona