Decreto Nº 4314, que autoriza al Municipio de Santiago a realizar la expropiación forzosa de un solar ubicado en la Avenida Generalísimo Trujillo. G. O. Nº 8306, del 22 de noviembre de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4314
VISTA la Ley Nº 1155 de fecha 29 de agosto de 1936 que declara de utilidad pública la adquisición de las propiedades comprendidas en el triángulo formado por la carretera Duarte, y las calles “30 de Marzo” y “Las Carreras” de la ciudad de Santiago, para la formación del parque “Julia Molina”; y la Ley Nº 344 de fecha 29 de julio de 1943;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—El Municipio de Santiago queda autorizado a realizar la expropiación forzosa del solar propiedad de la señora Mercedes Franco de Morales, ubicado en la Avenida Generalísimo Trujillo de la ciudad de Santiago, el cual está comprendido entre las propiedades declaradas de utilidad pública por la citada Ley Nº 1155 del 29 de agosto de 1936; en consecuencia dicho Municipio queda investido de los poderes necesarios para efectuar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios que sean de lugar de acuerdo con las leyes, para la adquisición del solar indicado.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacionat, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de noviembre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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