Texto de la norma
Decreto Nº 670, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional, a vender varios solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9371, del 7 de Junio de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 670
VISTAS las certificaciones Nos. 33, 74. 3 y 84, expedidas por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por dicho organismo en las sesiones ordinarias celebradas en fechas 26 de junio, 30 de octubre y 11 de diciemmre de 1974, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y de la Ley Nº 5577, de fecha 14 de junio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
a) Solar Nº 11, de la Manzana Nº 60, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con área de 146.46 metros cuadrados, por el precio de RD$ 2,196.00, en favor del señor Nicolás Frontan Sepulveda, con los siguientes linderos: al Norte: calle Alvaro Garabito; al Este: solares 12, 13 y 14; al Sur: solar Nº 2, y al Oeste: solar Nº 10. Dicho señor ocupa en arrendamiento el citado solar;
b) Solar Nº 3, de la Manzana Nº 1544, del Distrito Catastral Nº 1, del Distrito Nacional, con área de 572.08 metros cuadrados, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, en favor de la señorita Lysette Omaira del Socorro Bairán Michelén, con los siguientes linderos: al Norte: calle; al Sur: solares Nos. 4 y 5;
al Este: calle y solar N° 4 y al Oeste: solar N° 2 y calle. En consecuencia, se modifica el apartado 14) del Decreto N° 3395. de fecha 25 de abril de 1973.
c) Solar N° 7, de la Manzana N° 149, del Distrito Catastral N° 1, del Distrito Nacional, con área de 1,001.08 metros cuadrados, ubicados en el sector de Arroyo Hondo, en favor del señor Salvador Emilio Quiñones Romero, con los siguientes linderos: al Norte: calle; al Este: solar N° 8; al Sur: parcela 6—Ref.—B—1—A—1—C—7—H—2—E—2 del Distrito Catastral N° 4; y al Oeste: solar N° 6. En consecuencia, se modifica el apartado 7) del Decreto N° 3395, de fecha 25 de abril de 1973.
d) Una porción de terreno con una extensión superficial de 161.98 metros cuadrados, por el precio de RD$1,619.80, correspondiente a la parcela N° 146, del Distrito Catastral N° 2, del Distrito Nacional, en favor del Dr. Manuel Rafael García Lizardo, con los siguientes linderos: al Norte: calle 4; al Este: resto de la misma parcela; al Sur: parcela 113 y 7-provisional; y, al Oeste: parcela 7-provisional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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