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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 572

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONAL A VENDER VARIOS SOLARES DE SU PROPIEDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 feb de 1975fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9366Gaceta Oficial del 1 ene de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 572, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender varios solares de su propiedad. (G. O. Nº 9366, del 20 de marzo de 1975) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 572 VISTAS las certificaciones Nos. 42, 43, 44, 45, 56, 57, 68 y 61 expedidas por el Secretario del Ayuntamiento del Distrito Nacional, en relación con lo resuelto por dicho Organismo en las sesiones ordinarias celebradas en fechas 26 de junio, 17 y 31 de julio, 14 de agosto y 23 de octubre de 1974, respectivamente; En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación: a) Solares Nos. 7 y 8 de la Manzana Nº 1545, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, con área de 460.11 y 569.10 metros cuadrados respectivamente, ubicados en el sector de Arroyo Hondo, en favor del Dr. Guaroa Ernesto Lora Vicente, con los siguientes linderos: Al Norte, Solares Nos 9 y 5; al Este, Solar Nº 6; al Sur y al Oeste, calles. En consecuencia, se deroga el apartado d) del Decreto Nº 3238, de fecha 12 de marzo de 1973; b) Solar Nº 17 de la Manzana Nº 1548, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, con área de 509.89 metros cuadrados en favor de la Dra. Iris Narcisa de Frias Contreras, con los siguientes linderos: Al Norte, Solar Nº 3; al Este, Solar Nº 16; al Sur, calle, y al Oeste, Solar Nº 18 del sector de Arroyo Hondo. En consecuencia se deroga el apartado a) del Decreto Nº 3238, de fecha 12 de marzo de 1973; c) Solar Nº 4 de la Manzana Nº 1546, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, del sector de Arroyo Hondo, con área de 672.86 metros cuadrados, a favor de Publimed, S. A., compañía comercial representada por el señor José Eduardo Felix García, cuyos linderos son los siguientes: Al Norte, Solares Nos. 2 y 3; al Este, calles; al Sur, Solar Nº 5 y al Oeste, Solar Nº 9. En consecuencia se deroga el apartado 2) del Decreto Nº 3395 de fecha 25 de abril de 1973; d) Solar Nº 3 de la Manzana Nº 1542, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, ubicado en el sector de Arroyo Hondo, con área de 1,347.79 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: Al Norte, Parcela Nº 6—Ref —B—1—C—7—H—2—E—2, del Distrito Catastral Nº 4; al Este, Solar Nº 4; al Sur, calle; y al Oeste, Solar Nº 2, en favor del señor José Antonio Bencosme Rodríguez. En consecuencia se deroga el apartado b) del Decreto Nº 2788, de fecha 14 de octubre de 1972; e) Solar Nº 5 de la Manzana Nº 1547, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, en el sector de Arroyo Hondo, con área de 667.17 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: Al Norte, Solar Nº 4; al Este, calle en proyecto; al Sur, Solar Nº 6; y al Oeste, Solar Nº 8, en favor de la señora Celeste Taveras Almánzar. En consecuencia se deroga el apartado ñ) del Decreto Nº 2523, de fecha 8 de agosto de 192; f) Solar Nº 6 de la Manzana Nº 1549, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, del sector de Arroyo Hondo, con área de 1,002.44 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, calle; al Este, Solar Nº 7; al Sur, Parcela Nº 6—Ref. —B—1—A—1—7—H—2—E del Distrito Catastral Nº 4; y al Oeste, Solar Nº 5; en favor del señor Eugenio Martin Taveras, En consecuencia se deroga el apartado g) del Decreto Nº 2045, de fecha 14 de marzo de 1972; g) Solar Nº 2 (parte), de la Manzana Nº 1543, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, del sector de Arroyo Hondo, con área de 563.93 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte y Este, calle; al Sur, resto del Solar Nº 2; y al Oeste, Solares Nos 1 y 10; en favor del señor Julio Elpidio Salvador Puello García. En consecuencia se deroga el apartado 5 del Decreto Nº 3335, de fecha 25 de abril de 1973; y h) Solar Nº 5 de la Manzana Nº 1548, del Distrito Catastral Nº 1 del Distrito Nacional, del sector de Arroyo Hondo, con área de 573.33 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: Al Norte, calle; al Este, Solar Nº 6; al Sur, Solar Nº 13, y al Oeste, Solar Nº 4, en favor de la firma Crédito Santo Domingo, S. A., representada por el Dr. Roberto Enrique Guzmán S. En consecuencia, se deroga el Apartado 8) del Decreto Nº 3168, de fecha 6 de febrero de 1973. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y cinco, años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona