Texto de la norma
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5) Jose Virgilio Santos Fermin, con una pensi6n del Estado
de doscientos veinte pesos or0 (RD$220.00) mensuales;
6) Idelsi Josefina Mateo de Cubilette, con una pensi6n del Es-
tado de cuatrocientos pesos om (RD$400.00) mensuales;
7) Eusebio Antonio Cabrera Alrnonte, con una pensi6n del Es-
tado de quinientos sesen ta pesos or0 (RD$560.00) mensuales;
8) Cristina Camejo de Diaz, con una pensi6n del Estado de
cien to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales.
Art. 2.- Dichas pensiones sedn pagadas con cargo a1 Fondo de
Pemiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Nblicos.
L
DADO en Santo Doming0 de Guzmfin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s diecisiete (1 7) dfas del
mes de mayo del afio mil novecientos ochenta y tres; ailas 1400.
de la Independencia y 1200. de la Restauracih.
SALVADOR JORGE B LANCO
Da.
No. 1082, que ctwhr I
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G. 0. No. 9614, del 31 de mayo de 1983
SALVADOR JORGE BLANC0
Presidente de la Rzpublica Dominicana
NUMERO: 1082
CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio
de nombre formuladas a1 Poder Ejecutivo por las personas que
figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas
fueron au torizadas a realizar 10s procedimientos establecidos
por la Ley No. 659. sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17
de julio de 1944;
CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La señora Polonia Cespedes Gil, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Polonia Céspedes Gil.
Art. 2.— El señor Prudencio Vidal Feliz Bautista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Vinicio Vidal Feliz Bautista.
Art. 3.— El señor Domingo Rafael Báez Martínez, queda autorizado a cambiar el nombre de su hijo menor Wendy Báez Disla por el de Noel Báez Disla.
Art. 4.— La señora Lucía del Rosario Ubiera, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lucila del Rosario Ubiera.
Art. 5.— El señor Francisco Rafael Clodomiro Quezada Ramírez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Francisco Rafael Quezada Ramírez.
Art. 6.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración
SALVADOR JORGE BLANCO
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