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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1079

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO NO. 351, DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 1982.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 may de 1983fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9614Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1079, que modifica el artículo 5 del Decreto No. 351, de fecha 16 de octubre de 1982. G. O. No. 9614, del 31 de mayo de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1079 VISTO el Decreto No. 351, de fecha 16 de octubre de 1982, que crea e integra el Consejo Nacional de Producción Pecuaria; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se modifica el artículo 5 del Decreto No. 351 de fecha 16 de octubre de 1982, para que rija de la siguiente manera: "Art. 5.— El Directorio del Consejo Nacional de Producción Pecuaria queda integrado por los señores Ing. Agron. Emilio A. Olivo, Director General de Ganadería, Presidente; Dr. José A. Rodriguez Conde, Fernando Cueto, Eduardo Paiewonsky, Vicepresidentes; Dr. Otto González, Secretario; José Isaac, Tesorero; Dr. José Manuel Alvarez, Lic. Víctor Brens, Danilo Rodriguez, Dr. Alfonzo Gómez, Dr. Julio Brache, Ramón Octavio Rodríguez y Mateo Terrero Peña, Vocales". Art. 2.— Los señores Agrón. Rafael Octavio Joaquín, Dr. José Marmolejos, Francisco Gómez Estrella, Félix María Rojas, Aquiles Irizarry, Rafael Fermín, Rolando Martínez, Ramón Gertrudis Antonio, Pedro Musa, Mario Pura y Rafael Perelló, quedan designados Miembros del equipo de Asesores del Consejo Nacional de Producción Pecuaria, en adición a los ya existentes. Art. 3.— Queda modificado el artículo 7 del Decreto No. 351, del 16 de octubre de 1982, en cuanto sea necesario. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona