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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1075

QUE AGREGA UN ARTÍCULO 3 AL DECRETO NO. 103, DE FECHA 20 DE AGOSTO DE 1982.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1983fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9614Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1075, que agrega un artículo 3 al Decreto No. 103, de fecha 20 de agosto de 1982. G. O. No. 9614, del 31 de mayo de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1075 CONSIDERANDO que el Decreto No. 103, de fecha 20 de agosto de 1982, modificó el artículo 47 del Reglamento No. 2658, de fecha 5 de agosto de 1981, sobre Tasas y Derechos para el uso de Aeródromos y Aeropuertos, aumentando de RD$5.00 a RD$10.00 el derecho de salida en vuelos internacionales para cada pasajero; CONSIDERANDO que el citado Decreto No. 103, estableció que el 50o/o de los recursos obtenidos se especializaría para el desarrollo del turismo, quedando el 50o/o restante bajo la administración de la Comisión Aeroportuaria; CONSIDERANDO que una parte de los recursos obtenidos por el concepto mencionado debe destinarse a la Dirección General de Migración, ya que las actividades de esta dependencia están directamente ligadas al flujo de pasajeros, y es imprescindible que dicha Dirección General cuente con recursos que le permitan evolucionar utilizando el sistema de procesamiento electrónico de datos, mejores telecomunicaciones, transporte y materiales, y un personal más capacitado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se agrega un artículo 3 al Decreto No. 103, de fecha 20 de agosto de 1982, que diga de la manera siguiente: "Art. 3.- Del 50o/o restante, se especializará el 5o/o (RD$ 0.25), que será destinado a la Dirección General de Migración". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona