miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4280

QUE INTEGRA UNA COMISION PARA LA URBANIZACION Y CONSTRUCCION DE BARRIOS DE MEJORAMIENTO SOCIAL EN LA REPUBLICA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 nov de 1958fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 8304Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Humberto Ruiz CastilloMiembro de un órganopor el arquitecto José Antonio Caro Alvarez
Rafael A. Aguayo CMiembro de un órgano—
Heriberto de CastroMiembro de un órganoingeniero Atilio León Sturla e ingeniero Bienvenido Martínez Brea

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4280, que crea e integra una Comisión para la urbanización y construcción de Barrios de Mejoramiento Social en la República. G. O. Nº 8304, del 15 de Noviembre de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4280 CONSIDERANDO: Que conviene organizar un sistema armónico, de carácter general, para ejecutar la urbanización y construcción de los Barrios de Mejoramiento Social en provincias, municipios y secciones; CONSIDERANDO: Que ha sido objeto de uno de los más inquietantes desvelos del Gobierno, el régimen de vivienda de las personas carentes de recursos económicos quienes, en ocasiones, están fatalmente sometidas a exigencias de arrendadores que no tienen más brújula que sus egoístas intereses y que solamente ofrecen en cambio alojamientos que no responden a las condiciones sanitarias y de comodidad que reclama la vida moderna; que frente a esa situación, el Poder Ejecutivo tiene especial interés en proporcionar a las personas necesitadas viviendas cómodas y adecuadas que faciliten el discurrir de su existencia, acorde con el ritmo de progreso que vive la República en esta Era de Trujillo; CONSIDERANDO: Que esa particular atención del Gobierno se extiende no solamente a los núcleos de población, sino también a los sectores rurales donde se contemplan problemas más graves en el sistema de alojamiento de los campesinos; CONSIDERANDO: Que, permanentemente ha estado retenida la preocupación del Gobierno en interés de ampliar la proyección de la ingente labor de mejoramiento social desarrollada en los Barrios de Mejoramiento Social, a lo largo de la Era de Trujillo, en el sentido de que alcance también a la vivienda rural; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se crea una Comisión para la urbanización y construcción de los Barrios de Mejoramiento Social en las distintas provincias, municipios y secciones, encargada de proponer las medidas necesarias para que tanto la vivienda urbana como la rural esté en todo el ámbito de la República, en consonancia con el progreso de esta Era, así como para que escoja y recomiende los terrenos propicios para desarrollar el plan de viviendas rurales que se propone emprender el Gobierno. Art. 2.—Esta Comisión estará integrada por el ingeniero Humberto Ruiz Castillo, quien la presidirá y por el arquitecto José Antonio Caro Alvarez, ingeniero Rafael A. Aguayo C., ingeniero Heriberto de Castro, ingeniero Atilio León Sturla e ingeniero Bienvenido Martínez Brea. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona