jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1016

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA JUBILACION Y LE ASIGNA SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 abr de 1983fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9611Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
I)RI)C) Y I I S m t o 1hi1iingo de Guzniirin, Distrito National, e Capital d t x la Kepiiblica Dominicana, a 10s veintiocho (28) dias del mcs (le altril del afio mil novecientos ochenta y tres; afios 1400 de la Independencia y 1200. de la Restauracion. SALVAOOR JOKGE BLANC0 Dec. No. 1016, yue concede el beneficio de la jubilacion y le asigna sendas pensiones del Estado a varia personas, G. 0. No. 9611. del 30 de rbvil de 191113 SALVAl>OK JOKGE BLANC0 f'residente de la Republica Dominicana NUMERO: 1 0 16 VIS'I A la Ley N o . 379, sobre Pensiories y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha I 1 de diciembre de 1981; Fn ejercicio de ids atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Kepitblica, dicto el siguiente D E C R E 'I' 0 Art. 1. - Sc concedi: el beneficio de la jubilacion a las siguien- tes per.: ' G nab : 1 ) A Altagracia Angelica Jimenez Gonzalez, con una pension de yuinientos ochenta pesos oro (RD$580.00) mensuales; 2) A Anastacio Birrgos, con una pension de ciento cuarenta y cuatro pesos or0 (KD$144.00) mensuales; 3) A Marlriel Maria Jerez, con una pension de ciento sesenta pesos (ire (KDR 1 60.00) inensuales; 4) A Luib A l f ~ ~ i i w Burgos Alvarez, con una pension de ciento vciriticinco pews OTC) (RI>$125.00) mensuales; 6, 5) A Pedro Celestino Moran, con una pension de doscientos treinta y siete pesos con sesenta centavos (RD$237.60) men- suales; 6) A Juan de la Cruz Ve.ras JimCnez, con una pension de tres- cientos veinte pesos or0 (RD$320.00) mensuales; 7) A Raul Emilio Duran Benzant, con una pension de ciento setenta y seis pesos or0 (RD$176.00) mensuales; y 8) A Vinicio Antonio Nadal Rincon, con una pension de tres- cientos sesenta pesos or0 (RD$360.00) mensuales. Art. 2.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Publicos. * DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de abril del afio mil novecientos ochenta y tres; afios 1400. de la Independencia y 1200. de la Restauracion. SALVADOR JORGE BLANCO Dee. No. 1017, que nombra a1 seiior Antonio Garcia R., Gobernador Civil de la Provin- cia de El Seibo. P 6.0. No. 9611. del 30 de abril de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1017 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0 : Art. 1.- El sefior Antonio Garcia R., queda designado Gober- nador Civil de la Provincia de El Seibo, en sustitucion del seAor Porfirio Ortiz, renunciante por razones de enfermedad.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona