Texto de la norma
Dec. No. 1008, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9611, del 30 de abril de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1008
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial, No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado, No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Adonis Rafael Olivo Peña, Ramón Antonio Gregorio Guillén Silverio, César Guillermo Rodríguez, Kilses María Sierra Lugo, Elba María Liriano Sanz, Andrea Josefina Torres Olivero, Mercedes Díaz Terrero, Lourdes Josefina Rosario Abreu, César Gregorio Pérez Rodríguez, Wilfredo Antonio Germosén Peña, José Oscar Díaz María, Félix Manuel Reyes Parra, Carmen Esperanza Encarnación Gil y Damaira Altagracia Núñez Pérez.
ABOGADO:
Pedro Julio Pérez Martínez y Guarionex De Jesús Núñez Cruz.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Lisette De Los Angeles Nova Cuello.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO:
Patria Bernardina Castaños Núñez.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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