Texto de la norma
Dec. No. 995, que autoriza una emision de SdlOS semkpostales para contribuir a la
Campaiia contra la Tuberculosis.
G. 0 . No. 9611, del 30 de rbril de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 995
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, de fecha
18 de julio de 1950;
VISTO el inciso d) del articulo 2 de la Ley No. 3578, del 12
de junio d e 1953, modificado por la Ley No. 5964, de fecha 16
de junio de 1962;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
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DECRETO:
Art. 1.- Para fines de cumplimiento de lo que se dispone en el inciso d) del artículo 2 de la Ley No. 3578, de fecha 12 de junio de 1953, modificado por la Ley No. 5964, del 16 de junio de 1962, se autoriza la emisión de dos millones (2,000,000) de sellos semi-postales de la denominación de un centavo para contribuir a la Campaña Contra la Tuberculosis.
Art. 2.- Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 25 milímetros de ancho por 36 milímetros de alto, con las siguientes características en su diseño: mostrarán sobre un fondo verde claro la reproducción de una flor "Turnera Ulmifolia" (marilope) en sus colores naturales; a todo el largo del lado superior llevarán la inscripción "Campaña Contra la Tuberculosis"; debajo y hacia el ángulo superior izquierdo tendrán la doble cruz, símbolo internacional de la lucha contra la tuberculosis, y a la misma altura en el ángulo opuesto, en sentido horizontal, la cifra "1983"; hacia el ángulo inferior izquierdo aparecerá el valor facial expresado así: "1 ¢"; a todo el largo del lado inferior se leerá la leyenda "República Dominicana".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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