Texto de la norma
Dec. No. 939, que otorga exequátur a varios profesionales.
G. O. No. 9610, del 16 de abril de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 939
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial, No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado, No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Crisalda Antonia Lozada Quiñones, Noel Luperón Ramírez, José Arcadio Zorrilla Mercedes, Genaro Antonio Santos, Carmen Alicia Núñez Rodríguez, Francisca Confesora Rodríguez, José Antonio Crousset Cordero, Mercedes Batista Tavárez, Josefina Asunción Ventura Gabriel, Josefa Francisca García Hernández, Wilson Stamer Ramos, Israel Almeida García, Adriana Inmaculada Del Jesús Martínez Mejía, Isaías Ferreras Montero, Modesto Ynoa Martínez, Daniel Augusto Antonio Rosa Rosa, Martín Núñez De La Cruz, Norberto Martínez Vega, Milagros De Jesús Joglar Pol, María Lorenza Del Rosario Cordero Santos, Jorge Federico Fradera Guilamo, Margarita De Los An-
geles De Los Santos Ozuna, Rosa Elisa Méndez Moreno, Fabio Fenely Reyes Matos, Francisca Belki Mancebo Rocha, Ana Rita Sermo, Wilson José De Castro, Ernestina Elizabeth De Las Mercedes Martínez Navarro y Maritza Adelaida Fernández De Castro Tezanos.
ABOGADO:
Félix Miguel Díaz Medina, Pedro Luis Jorge Cruz, Manuela Mieses Zorrilla y Lourdes María Hernández Troncoso.
PSICOLOGO:
Nurys Francisca Jiménez Santana, Yolanda Margarita Salazar Mella y William Joseph Astwood Salas.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Vicente Girón De La Cruz, Gladys Sención Villalona de Reyes y Juan Manuel Lira Anglada.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE MACORIS:
Sócrates Ramón Medina Requena.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA ROMANA:
Felipe Pascual Gil.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE COTUI:
Manuel Milciades Morilla Soto.
Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Educación, Bellas Artes y Cultos y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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