Texto de la norma
Dec. No. 884, que otorga exequátur a varios profesionales. G. O. No. 9609, del 31 de marzo de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 884
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Contador Público Autorizado, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: Yolanda Celeste Pichardo de los Santos, Rafael Osvaldo Santana Oleaga, María Ernestina Soto Guzmán, Antonio Gregorio Leyba Alba, Elupina Marisa Ortiz Guerrero, Carmen del Rosario López Ferreiras, Rafaela Altagracia Pimentel Cabrera, Hilda Teresa Corletto Delgado, Gladys María Hernández Vargas, José Luis Aguero Soriano, Rosario Yvonne Bazil Mieses, Rosa María del Sagrado Corazón de Jesús Aybar Fernández, Francisco Augusto Lockward Torres, Rhina Julia Cabrera González, Sandra Josefina Santos Jiminián, Manuela de Jesús Peguero Ramírez, Wilfredo Rafael Tavárez Diprés, Elio Varela Mejía, Ana Antonia Corletto Delgado, Leonor del Carmen Curiel Pérez, Leandra Altagracia Monsanto Peña, Rosa María Filión Flete, Celeste Alariza García Guerrero, María Bélgica Félix Rodríguez, Fermín Acosta Javier, Tomani Xeamara de Fátima Suriñach Almánzar, Nelvis Noemí Padrón Natera, Jeannette Altagracia Haché Campos, Ana Cristina Lahoz Flores, Rosa Amalia Rodríguez Hernández, Sonia Plata Rodríguez, Fredy Cabrera Montilla, Neida Leguisamon Andújar, Gerardo Francisco Féliz Jiménez, Angelo Vicente Gesualdo Matos, María Fior Daliza Cabrera, Sonia Angélica Lara Segura, María Milagros Sardá Vargas y Antonio Ruíz Peña.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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