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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 879

QUE DECLARA "PUERTO INTERNACIONAL", DURANTE LOS DIAS COMPRENDIDOS ENTRE EL 1RO. Y EL 15 DE JUNIO DE 1983, PUNTA CABEZA DE TORO, CON MOTIVO DEL XVIII TORNEO INTERNACIONAL DE PESCA BOCA DE YUMA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 mar de 1983fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9608Gaceta Oficial del 1 ene de 1983
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 879, que declara "Puerto Internacional", durante los días comprendidos entre el 1ro. y el 15 de junio de 1983, Punta Cabeza de Toro, con motivo del XVIII Torneo Internacional de Pesca Boca de Yuma. G. O. No. 9608, del 16 de marzo de 1983 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 879 CONSIDERANDO: Que el Club Náutico de Santo Domingo, Inc., se propone llevar a cabo, en Punta Cabeza de Toro, durante los días del 1o. al 15 del mes de junio del presente año, el XVIII Torneo Internacional de Pesca "Boca de Yuma"; CONSIDERANDO: Que es propósito del Gobierno coadyuvar al éxito y buen desenvolvimiento de los eventos deportivos en los cuales haya una participación masiva de dominicanos y extranjeros; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Durante los días comprendidos entre el 1o. y el 15 del mes de junio del presente año, Punta Cabeza de Toro queda declarada "Puerto Internacional", con motivo de la celebración del XVIII Torneo Internacional de Pesca "Boca de Yuma". Art. 2.- Las Direcciones de Migración y de Aduanas deberán enviar al lugar indicado, el personal necesario para garantizar los servicios correspondientes de conformidad con la ley. Art. 3.- Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas y de Turismo, así como la Oficina de la Defensa Civil y la Cruz Roja Dominicana dispondrán de cuantas medidas se requieran para garantizar la mayor seguridad de las personas participantes en el referido Torneo de Pesca y del público asistente al evento. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y tres; años 140o. de la Independencia y 120o. de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona