Texto de la norma
Dec. No. 812, que concede naturalización dominicana provisional a la menor Rosa Elena Verdeja Henríquez.
G. O. No. 9607, del 28 de febrero de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 812
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la persona que se menciona en la parte dispositiva del presente Decreto, para que le sea concedida la naturalización dominicana provisional;
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana provisional en favor de la menor Rosa Elena Verdeja Henríquez, nacida en La Habana, Cuba, en fecha 29 de agosto de 1965, hija legítima de los señores Alberto José Marco Antonio Verdeja Ibáñez y Ena Rosa Henríquez Portuondo, ambos de nacionalidad dominicana.
Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y tres; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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