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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4246

QUE CONCEDE INDULTO ESPECIAL A VARIOS PRESOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 oct de 1958fecha
Indultotipo
G. O. 8302Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4246, que concede indulto especial a varios presos. G. O. N° 8302, del 8 de noviembre de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4246 En ejercicio de la facultad que me confiere el inciso 26° in fine, del artículo 54 de la Constitución de la República, de conceder indulto total o parcial, puro y simple o condicional, a los condenados que están cumpliendo penas en las cárceles de la República, en casos especiales y en fechas que no sean las que, específicamente, el expresado inciso señala, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio del indulto especial, por el tiempo de las penas pendientes de cumplir, a los siguientes condenados por los Tribunales correspondientes: Víctor Ulloa, Efraín Abréu Trinidad, Nicolás Mendoza, José Remedio Amador, Teodoro Morales, Ramón Emilio Espinal, Divino Almonte, Plinio Soriano, Rafael Santos Inoa ó Alberto Santana, Damián Lauser Santiago, José Rosario Torres, de la Penitenciaría Nacional. Art. 2.—Los beneficiarios del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento del tiempo de sus penas cometan actos de mala conducta, a juicio del Secretario de Estado de Justicia, demostrando así que no fueron merecedores de la generosa medida con que se les favore ció, ingresarán de nuevo en dicho establecimiento por efecto de una orden del Procurador General de la República donde permanecerán, reputándose que no han sido indultados, hasta el cumplimiento de sus penas. Art. 3.—El Secretario de Estado de Justicia, queda encargado del cumplimiento del presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de octubre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreto Nº 4247. que nombra a los Capitanes de Fragata Luis Emilio Mena Costa y Fermín Emilio Martínez Velázquez, Agregado de las Fuerzas Armadas de la Embajada de la República en Washington, D. C., e Inspector General de la Marina de Guerra, respectivamente al Capitán de Corbeta Enrique Rafael Valdez Vidaurre, Subjefe de Estado Mayor Técnico de la Marina, y dicta otras disposiciones. G. O. Nº 8303, del 12 de Noviembre de 1958.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona