Texto de la norma
Dec. No. 700, que establece una contribucion a cargo del conductor de todo vehiculo
que cruce por el puesto de control y desinfeccion que mantiene el Programa de Repo-
blacion Porcina en Mal Paso, Jimani, y dicta otras disposiciones.
G. 0. No. 966, dd lro. dr febrrro de 1983
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 700
CONSIDERANDO que es deber del F’rograma de Repoblacion
Porcina, evitar por todos 10s medios a su alcance la introduccion
en el pais de enfermedades infecto-contagiosas de la raza porcina;
CONSIDERANDO que es necesario prestar asistencia tecnica
a todos 10s que se dediquen a la crianza de cerdos;
CONSIDERANDO que 10s porcicultores deben contribuir con
el Estado en 10s gastos que este realiza a traves del Programa de
Repoblacion Porcina, para prestarles la asistencia tecnica y sani-
taria que la crianza de cerdos requiere;
CONSIDERANDO que es deber del Estado proteger la salud
de 10s anhales destinados al consumo humano, para irnpedir que
estos puedan transmitir enfermedades a1 ser ingeridos por las per-
sonas;
VISTA la Ley No. 4030, del 15 de enero de 1955, que declar6
de interes publico la defensa sanitaria de 10s ganados de la Rep&
blica;
VISTO el Decreto No. 62, de fecha 18 de agosto de 1982, que
establecio el Programa de Repoblacion Porcina;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se establece una contribucion a cargo del conductor
de todo vehiculo que cruce por el puesto de control y desinfec-
cion que mantiene el Programa de Repoblacion Porcina, en Mal
Paso, Municipio de Jimani, segbn la escala siguiente:
Patana .............................................
RD$ 3.00
Camion ...........................................
2.50
Autobus ..........................................
2.00
Minibus ...........................................
1.00
Carro ...............................................
1 .oo
Art. 2.-
Los precios a pagar por 10s servicios que preste el
laboratorio del Programa de Repoblacih Porcina, ser&n 10s si-
guientes:
Prueba de cuarentena ......................
RD$ 5.00
Bacteriologia ...................................
5.00
Letospirosis .....................................
5 .OO
Histopatologia .................................
2.00
Hematologia ....................................
2.00
coprologico .....................................
1 .oo
Brucelosis ........................................
0.20
Art. 3.- Las tarifas a pagar por 10s demas servicios prestados
por el Programa de Repoblacih Porcina, seran 10s siguientes:
a) Cuaren tena de cada cerco .................. RD$ 1.00
_-
______- ill_ __.I-
5.00
b) Permiso para establecimiento de granja . . * . -
10.00
C) Selection de granja como pie de cria . . . . . . . . .
5.00
d) Desinfeccion de granja a RD$0.10 por metros
cuadrados y un minimo de . . . . . . . . . . . . . . . .
e) Visitas de granjas con menos de 10 cerdos . . . . .
1.00
2.00
f) Visitas de granjas de 10-50 cerdos . , . . . . . . . . . .
g) Visitas de granjas de 5 1- 100 cerdos . . . . . . . . . .
3.00
h) Visitas de granjas de 101-300 cerdos . . . . . . . . .
5.00
i) Visitas de granjas de 301-500 o mas cerdos . . . . .
10.00
Art. 4.- Los valores a pagar seran recibidos por 10s Encargados
Regionales, quienes deberdn entregar recibos numerados a 10s
interesados, y enviar copias con el dinero recibido al Tesorero del
Programa de Repoblacion Porcina, quien had 10s depdsitos de
lugar en la cuenta correspondiente.
Art. 5.- Los valores asi recaudados serAn utilizados se*
lo
disponga la Direccion del Programa de Repoblacidn Porcina, de
acuerdo a las necesidades miis urgentes de 10s porcicultores.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Macional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintiocho (28) dias
del mes de enero del aiio mil novecientos ochenta y tres; afios
1390. de la Independencia y 1200. de la Restauracidn.
SALVADOR JORGE BLANC0
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