Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 624
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
BIOANALISTA:
María Nelis Mazara Lorenzo, Ana Josefa Valerio Taveras, Pilar Mercedes Saturria De La Guarda y Ana Josefa Marte Gutiérrez.
FARMACEUTICO:
Emperatriz Margarita Mirabal María, Ada Irene Rivera Ortíz, Rosa Luisa Franco Melo, Amelia De Los Santos Santaella y Dignorah Antonia Olivo Olivares.
MEDICO VETERINARIO:
Margarita Isabel Ventura González.
QUIMICO:
Augusta Victoria Soto Encarnación, Roberto Enrique Valdez Aquino, Austria Teresa Ogando Valenzuela y Reyna María Tolentino Almonte.
ESTOMATOLOGO:
Rafael Angel Brea Rodríguez y Aricela De Los Milagros Morel García.
ODONTOLOGO:
Alestris Jose Arismendy Antonio Senior Meyreles, Eduardo Guerrero Cedano, María Eduviges Espiritusanto Núñez, Nelson Eduardo Isidor Batista y Lily Fátima De Peña Castro.
TECNICO EN ANALISIS CLINICO:
Carmen Julia Ascuasiati Alvarez.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y tres; años 139o. de la Independencia y 120o. de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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