Decreto N° 3444, que convoca las Cámaras Legislativas en legislatura extraordinaria.— G. O. N° 8205, del 15 de enero de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3444
VISTO el Párrafo del artículo 34 de la Constitución de la República, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el inciso 2° del artículo 54 de la misma, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Quedan convocadas las Cámara Legislativas para que se reúnan en legislatura extraordinaria el martes día 14 de enero del año en curso, a fin de que conozcan hasta la apertura de la legislatura ordinaria el 27 de febrero próximo, de los asuntos pendientes, así como de los que les someta el Poder Ejecutivo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de enero del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 114° de la Independencia, 95° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona