Texto de la norma
Dec. No. 1824, que otorga exequátur a varios graduados universitarios. G. O. No. 9534, del 30 de junio de 1980
ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1824
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111 de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
MEDICO VETERINARIO:
Angel Alberto Hernández Domínguez y Juan de Jesús Fernández Fernández.
LICENCIADO EN BIOANALISIS:
Carmen Julia Domínguez Rodríguez, Ana Luisa Pérez Castro, Martina Ferreras Terrero, María de Regla Mordán Familia, María Evangelina Javier Tirado, Leida Tomasina Bretón Peña, Niola Carolina Ciccone Silfa y Cristina Eufracia Dorrejo Rumaldo.
TECNOLOGO MEDICO:
Laura María González Cruz, Lucía Guillermina Minier Fernández y Luz Aleida José Acosta.
LICENCIADO EN ENFERMERIA:
Carmen María Peralta Ramírez.
LICENCIADO EN QUIMICA:
María Rosa Montán Almonte, Maritza Mercedes Soñé Suardí, Juan Esteban Concepción Martínez, Pablo Germán Caba Paulino, Franklin Manuel Reyes Tavarez y Rafael Antonio Díaz López.
ODONTOLOGO:
Pedro María Jiménez Jiménez.
LICENCIADO EN PSICOLOGIA:
Luisa Yolanda Dujarric Aristy.
ABOGADO:
Erwin Ramón Acosta Fernández, Naife Elena Metz Salomón, Reinalda Celeste Gómez Rojas, Julián Jorge Bueno y Juan Ramón de la Cruz Martínez.
INGENIERO CIVIL:
José Miguel Felipe Medina Hidalgo, René Andrés Cruz Rosario, Tomás Pichardo Ortega, Vitelio Adolfo Echavarría Alvarez, Rafael Antonio Polanco Hernández, Héctor Manuel Sánchez Ureña, Florencia Josefa del Carmen Madera Madera, Juan José Pérez Cambero, Felipe Augusto Rodríguez Aguiló, Basilio Salvador de Jesús Piñeyro, Sixto Rafael Pimentel Medina, Demóstenes Silvano Morrobel Betances, Héctor Rafael Peguero Méndez, Divina María Lembert Reyes, Juan Ramón Duval Pérez, José Ramón Javier y Federico Enrique Castillo Fernández.
INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA:
Rafael Antonio Rodríguez Rossell, Tirso Tomás Peña Santana y Héctor José Then Cruz.
INGENIERO ELECTROMECANICO:
Manuel Arturo de Jesús Santamaría Rodríguez.
ARQUITECTO:
Diógenes Andrés Zapata Thomas, Rafael Antonio Cuello Ravelo y Olga Rosa Jon Kan.
AGRIMENSOR:
Llichi Wu Núñez.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Octavio Antonio Minaya Paulino, Alba Josefina Espaillat Garrido, Melania Almeida García, Aralisis Yolanda Bernal Contreras, Franklin Delano Cruz Burgos, Eugenio de Jesús Pérez Salcedo, Digna Altagracia García Alejo, Rosa Eduarda Mercedes Beato Frías, Cecilia Marcela Rodríguez Peralta, Manuela Altagracia González Rodríguez, Héctor Bienvenido Ruiz Beras, Dionisia Germán Mejía, Juan Manuel Laureano, Patria Altagracia Espino Núñez, José Julio Portorreal Aquino, Nicolás de los Angeles Tolentino Almonte, Andrés Dirocié Montás, Narcisa Mireya Pérez Rodríguez, María Thelma Peña Geraldo, María Eugenia Reyes Rodríguez Estrella, Elida Adames Bencosme, Rómulo Diodoro Jiménez Díaz y Luz Minerva Collado Vizón.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Ramón M. Martínez Moya y Mirtha L. Brugal P.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO:
José Fermín MAnte Díaz.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS:
Ricardo Ventura Molina.
PARRAFO: Los Notarios Públicos ejercerán las funciones propias de su profesión, únicamente dentro de la jurisdicción correspondiente al lugar específico en que se les ha expedido el nombramiento.
Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, de Educación, Bellas Artes y Cultos y de Finanzas, a la Procuraduría General de la República y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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