miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6118

QUE INTEGRA EL CONSEJO DIRECTIVO DE LOS BANCOS DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 oct de 1960fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 8511Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6118, que integra el Consejo Directivo de los Bancos del Estado. G. O. Nº 8511, del 11 de Octubre de 1960. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 6118 CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo en su permanente deseo de ampliar cada vez más las inversiones crediticias del país, tanto en el aspecto agricola e industrial como en las demás actividades de la economía nacional, inició un proyecto de ley, que fué aprobado por el Congreso Nacional, mediante el cual ha quedado unificada la dirección del Banco de Reservas y la del Banco de Crédito Agrícola e Industrial al otorgarse al Consejo Directivo de los Bancos del Estado las atribuciones que correspondían a los Consejos de dichas instituciones bancarias, y que procede integrar el nuevo organismo; VISTAS las disposiciones de la Ley Orgánica del Banco de Reservas de la República Dominicana, Nº 586, del 24 de octubre de 1941, y sus modificaciones; y la Ley Orgánica del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, Nº 908, del 1º de junio de 1945, y sus modificaciones; VISTA la Ley que crea al Consejo Directivo de los Bancos del Estado Nº 5411, de fecha 7 de octubre de 1960; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.—El Consejo Directivo de los Bancos del Estado quedará integrado de la siguiente manera: el Secretario de Estado de Finanzas, quién será su Presidente, el Gobernador del Banco Central, en calidad de Vicepresidente, el Superintendente de Bancos, el Tesorero Nacional, el Contralor y Auditor General de la Nación, el Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, el Secretario de Estado de Interior y Cultos, el Secretario de Estado de la Presidencia, el Secretario de Estado de Agricultura y Comercio, el Secretario de Estado de Trabajo e Industria, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, el Dr. Oscar Guaroa Ginebra Henríquez y el señor J. Cimadevilla Valdez. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos sesenta, años 117º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona