Decreto N° 4207, que autoriza al Distrito Nacional, a conceder jubilaciones a los señores Victoriano Aquino y Alvaro Reyes. G. O. N° 8297, del 25 de Octubre de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMRO 4207
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito Nacional en fecha 13 de octubre del año en curso;
VISTO el artículo 162 de la Ley de Organización del Distrito Nacional N° 3456 de fecha 21 de diciembre del 1952;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Autorizo al Distrito Nacional a asignar a los señores Victoriano Aquino y Alvaro Reyes, sendas pensiones de RD$18.00 mensuales cada una, que serán pagadas con cargo al Presupuesto del Distrito Nacional, de cada año.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de octubre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona