Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2176
VISTAS las instancias que por conduct0 de la Secretaria de In-
terior y Policia, han clevado a1 Poder Iljecutivo las personas que se
mencionan en el prcsente decreto, para que les sea concedida la na-
turalizacibn dominicana;
VISTA la Ley No.1683, 5obre Naturali/acion, de fccha 16 de
abril de 1948,
S U ~
modificacioncs,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constituci6n de la Repiiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede naturalizacion dominicana a la si-
gu ien tes p erso nas :
a) A 10s csposos Chou Chi Kung y Shuet Fai Shcun de Kung,
ambos de nacionalidad china. conjuntamcnte con sus hijos meno-
res de cdad Wing Yan, Chcuk Hon v Cheuk I-lim Kung Sheun.
b) A 10s esposos Wai Man Chan y Wai Chun Lo de Chan, de na-
cionalidades británica y china, respectivamente, conjuntamente con su hijo menor de edad Pak-Nin Chan Lo.
c) A los esposos Ka Tai Tsan y Mui Fong Lee de Tsan, ambos de nacionalidad china, conjuntamente con su hijo menor de edad Fan Yin Tsan Lee.
Artículo 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará Acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 121º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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