Texto de la norma
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2169
VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles
del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucicin de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilacih a las si-
guientes personas:
1) Angel Antonio Gomez GuzrnLn, con una pensi6n del Estado
de doscientos ochenta pesos con noventicuatro centavos (RD$
280.94) mensuales;
2) Edilia Dolores de Le6n Vda. Blanco, con una pension del Es-
tad0 de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) rnensuales;
5.50
3 ) Francisco Jost Cabrera Lopez, con una pension del. Estado de
ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
4) Maria Mercedes Garcia, con una pension del Estado de ciento
cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
5)Zoila Polanco Tabar, con una pension del Estado de ciento
ochenticuatro pesos con ochenra centavos (KD$184.80) mensua-
les;
6) Ramona Milagros Quezada de Medrano, con una pensibn del
Estado de ciento ochentisiete pesos con setcntitrks centavos (RD$
1 8 7.7 3 ) m ensu ales ;
7) Narciso Pimentel, con una pension del Estado de ciento cin-
cuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
8)Aida Maria Ortiz, con una pensibn del Estado de ciento cin-
cuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
9) Luz Maria Regalado, con una pension del Estado de ciento
cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
10) Elsa Altagracia Rodriguez de Reyes, con una pension del
Estado de doscientos dieciocho pesos con ochentiGn centavos
(RD$2 18.81) mensuales;
11) Carmen Trinidad J imtnez Rodriguez, con una pension del
Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
12) Jos& Joaquin Capellan Castillo, con una pension del Estado
de doscientos ochenta pesos or0 (RD$280.00) mensuales;
13) Luz Maria Garcia de Mtndez, con una pensibn del Estado
de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
14) Maria de Aza de Albuerme, con una pensi6n del Estado de
doscientosveintiskis pesos con ochenticinco centavos (RD$226.85)
m ensu ales ;
15) Australia Maria Collado, con una pensi6n del Estado de
ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
16) Cristina Severino, con una pension del Estado de ciento
cincuenta pcsos or0 (RD$150.00) mensuales;
17) Licinio Modcsto, con una pensi6n del Estado de ciento cin-
cucnta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
18) Ana Mercedes Hernindez, con una pensi6n del Estado de
ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
19) Ramona Antonia Fernindez Vda. Maceo, con una pensi6n
del Estado de cicnto cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales;
20) Miguel Antonio Lorenzo, con una pensi6n del Estado de
doscientos cuarenta pesos or0 (KD$240.00) mensuales.
Articulo 2.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fon-
do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pcbli-
cos.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capi-
tal de la Republica Dominicana, a 10s veinticinco (25) dias del mes
de julio del afio mil novecientos ochenta p cuatro; aiio 1410 de la
Independencia y 1210 de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANC0
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.