Texto de la norma
Decreto Nº 4142, que autoriza la impresión de una emisión de sellos de Correos, G. O. Nº 8291, del 8 de Octubre de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4142
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos de Correos para el franqueo de la correspondencia ordinaria:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos de RD$0.07 color azul marino.
Art. 2.—Los sellos serán impresos sobre fondo blanco en tamaño de 23 milímetros de alto por 40 milímetros de ancho En el margen superior, en sentido horizontal y a todo el ancho del sello se leerá: "República Dominicana"; en los ángulos inferiores izquierdo y derecho aparecerán el valor facial del sello y el signo de centavos, respectivamente, dentro de dos pequeñas elipsis; entre éstas y en la parte central del margen inferior aparecerá la palabra "Correos"; como diseño central aparecerá la palabra SS. "Rhadamés" dentro de un círculo en cuyo borde exterior aparecerá, en sentido circular la leyenda "Flota Mercante Dominicana"; una orla ornamental cubrirá en los márgenes izquierdo y derecho los espacios comprendidos entre la leyenda República Dominicana y las elipsis que aparecen en los ángulos inferiores.
Art. 3.—Los sellos de esta emisión se pondrán en circulación el día 27 de octubre 1958, en ocasión de celebrarse el "Día de la Marina Mercante".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de septiembre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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