jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2086

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jun de 1984fecha
Exequáturtipo
G. O. 9640Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.2086, que otorga exequátur a varios profesionales G.O. No. 9640 del 30 de Junio de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2086 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No.4541 del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No.4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: INGENIERO CIVIL: María Margarita Marlin Medina, Franklin Aurelio Benoit Liriano, José Adolfo Herrera Acevedo, Julio Ernesto Manuel Ramón Jiménez Gómez, Evaristo Nerys Bello Fernández, Otto Manuel Eufemio Logroño Díaz, Francisco Adolfo Martín Rodríguez Bruno, María Altagracia Ruiz Díaz, José del Carmen Veloz de León, Ricardo Antonio Matar Camasta, Rafael David Báez Matos, Belkis Celenia Pérez Guerrero, José Alfonso Francisco Crisóstomo, Juan Luis Rodríguez Fernández, Osvaldo Alberto Valdez Pepén, Alejandro Paulino Herrera, Jhony Alfredo Jones Luciano, Fenelón Antonio Schott López, Emiliano de Jesús Martínez Martínez, Manuel Ramón Messina Fernández, Víctor Manuel Cruz Paulino, Jordi de Jesús Hernández Fuertes, Antonio Jesús Jelú Soto, Alexis Francisco Paulino Santos, Germán Antonio Fernández Peralta, Ramón Arturo Francisco Collado, Andrés Rivera López, Fausto Ramón Ruiz Valdez y Ricardo Miguel Delmonte Espaillat. ARQUITECTO: Linda María Roca Pezzotti, Héctor Bienvenido Peralta Reynoso, Celestino Federico Izquierdo Núñez, César Apolinar Núñez Lockward, Félix René Vásquez Rosario, Julio Ernesto Rodríguez Guzmán, Griselda Pacheco Espinal, Juan Manuel Medina Fuster, Cruz Miguelina Ventura Pichardo, Marcos Rafael Peralta Ferreira, Rosa Delly de la Altagracia Agramonte Soñé y Carlos Leonel Lebreault Gómez. INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA: Wilfredo Pichardo Ortega, Luis Daniel Céspedes Vargas, Juan Pablo de los Santos Pérez, Rafael Antonio Rivera Cazaño, Iván Aquiles Cabral Delemos, José Luis Bencosme Ovalles y Casimiro Marcial Alonso Fajar INGENIERO DE EJECUCION DE MINAS: Raúl Francisco Donastorg Guillén. AGRIMENSOR: Miguel Emilio Mora Carrasco y José Ramón Torres Ortiz. INGENIERO GEOLOGO: Iván de Jesús Tavares Castellanos. INGENIERO QUIMICO: Julio Rosa Guerrero. INGENIERO ELECTRICO: Rafael Leonidas Arias Soriano, Miguel Angel Castillo del Villar, Olegario Roberto Thomas Wallace y Tulio Pérez Roca. INGENIERO ELECTROMECANICO: Luis Rafael Hernández Bencosme. Artículo 2.— Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141o de la Independencia y 121o de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona