Texto de la norma
Dec. No. 2020, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial
G.O. No. 9638 del 31 dr Mayo de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Rep6blica Dominicana
NUMERO: 2020
CONSIDERANDO : Que las empresas “PAPELERA CIBAO, C.
POR A.”; “SAN MIGUEL INDUSTRIAL”; “K & Q DOMINICA-
NA DE PAPEL, S.A.”; “SASATEX, S.A.”; “CORPORACION
CORPA, S.A.”; “TINTES INDUSTRIALES DOhIINICANOS,
C . POR A.”; “S. y P. y ASOCIADOS, C. POR A.”; “ALUMINIO
ROHMER, C. POR A.”; “LABORATORIOS GLICA, S.A.” y
“LATEXDOM, C. POR A.”, han formulado al Departamento
Tecnico Industrial de la Secretaria de Estado de Industria y
Comercio, sendas solicitudes, para acogerse a 10s beneficios de
la Ley No. 299, sobre Incentivo y Proteccih Industrial, de fecha
23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO: Que luego de realizarse 10s estudios perti-
nentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desa-
rrollo Industrial dict6 las correspondientes resoluciones ;
VISTA la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre In-
centivo y Protecci6n Industrial ;
?
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5
de la Constitucibn de la RepGblica, dicto el siguiente
D E C R E TO:
Articulo 1.- Se aprueban las resoluciones del Directorio de De-
sarrollo Industrial que se mencionan a continuacibn :
1.- Res. No. 51-84-C,
de fecha 15 de febrero de 1984, me-
diante la cual se clasifica a la e‘mpresa “PAPELERA CIBAO, C.
POR A.”, en la Categoria “C”, por el tkrmino de 12 aiios. Asi-
mismo se le concede exoneracibn del pago de 10s derechos e im-
puestos de importacibn y demis gravimenes conexos, incluyendo
el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno en
10s porcentajes indicados que incidan sobre las materias primas
que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn.
2.-
Res. No. 52-84-C,
de fecha 15 de febrero de 1984, me-
diante la cual se clasifica a la empresa “SAN MIGUEL INDUS-
TRIAL”, en la Categoria “C”, por el ttrmino de 15 aiios. Asi-
mismo, se le concede exoneracih en proporcibn de un 50% de
todos 10s derechos e impuestos de importacibn y demis gravime-
nes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s
de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se
detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn.
3.- Res. No. 53-84-C,
de fecha 15 de febrero de 1984, me-
diante la cual se clasifica a la empresa “K & Q DOMINICANA DE
PAPEL, S. A.”, en la Categoria “C”, por el tirmino de 15 aiios.
Asimismo, se le concede exoneracibn en 10s porcentajes que se
indican de todos 10s derechos e impuestos de importacibn y de-
mis gravimenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos
unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las mate-
rias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha reso-
lucibn.
4.- Res. No. 54-84-C,
de fecha 15 de febrero de 1984, me-
diante la cual se clasifica a la empresa “SASATEX, S.A.”, en la
Categoria “C”, por el tirmino de 8 aiios. Asimismo, se le concede
exoneración en proporción de un 90% del pago de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución.
5.- Res. No. 55-84-MC, de fecha 15 de febrero de 1984, que modifica las Resoluciones Nos. 94-69, 11-70, 21-75-MC, 54-76-MC, 130-78-MC y 70-82-MC, de fechas 4 de julio de 1969, 16 de enero de 1970, 14 de febrero de 1975, 21 de abril de 1976, 2 de mayo de 1978 y 2 de marzo de 1982, respectivamente, dictadas a favor de la empresa "CORPORACION CORPA, S.A.", para introducir las enmiendas que se señalan en el Ordinal Primero de dicha resolución. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, los Decretos Nos. 4206, 4757, 890, 2327, 3531 y 3306, de fechas 25 de septiembre de 1969, 11 de marzo de 1970, 20 de mayo de 1975, 6 de septiembre de 1976, 4 de agosto de 1978 y 7 de junio de 1982, respectivamente.
6.- Res. No. 56-84-MC, de fecha 15 de febrero de 1984, que modifica las Resoluciones Nos. 40-76-C, 137-76-MC, 329-81-MC y 129-82-MC, de fechas 21 de abril y 31 de agosto de 1976, 6 de octubre de 1981 y 27 de abril de 1982, respectivamente, dictadas a favor de la empresa "TINTES INDUSTRIALES DOMINICANOS, C. POR A.", para incluir en la clasificación que disfruta, por el resto del período, en los porcentajes que se señalan, las materias primas que se detallan en el Ordinal Primero de dicha resolución. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario los Decretos Nos. 2177, 2805, 2968 y 218, de fechas 26 de julio de 1976, 4 de abril de 1977, 31 de diciembre de 1981 y 9 de septiembre de 1982, respectivamente.
7.- Res. No. 58-84-TC, de fecha 15 de febrero de 1984, que traspasa a favor de la firma "S. y P. y ASOCIADOS, C. POR A.", los beneficios otorgados a la empresa "FRANZ FLEISCK MANN, C. POR A.", conforme Resoluciones Nos. 107-80-RC y 117-
81-MC, de fechas 22 de abril de 1980 y 7 de abril de 1981, res-
pectivamente. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea ne-
cesario, 10s Decretos Nos. 1911 y 2491, de fechas 20 de agosto
de 1980 y 8 de junio de 1981, respectivamente.
8.- Res. No. 59-84-MC,
de fecha 15 de febrero de 1984, que
modifica la Res. No. 216-82-MC,
de fecha 6 de julio de 1982,
dictada a favor de la empresa “ALUMINIO ROI-IMER, C. POR
A.”, para elevar de un 70 a un 90% la exoneracion de las materias
primas consignadas en la Resolution No. 216-82-MC.
Se modifi-
ca, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 3492,
de fecha 13 de agosto de 1982.
9.- Res. No. 61-84-TC,
de fecha 1 5 de febrero de 1984, me-
diante la cual se traspasa a favor de “LABORATORIOS GLICA,
S A ” , la reclasificacion y 10s beneficios de impuestos y derechos
aduanales en ella consignados, que disfruta la empresa “GRIFFI-
TA LABORATORIOS DOMINICANOS, S. A.”, en virtud de las
Resoluciones Nos. 83-77-RC
y 110-80-MC,
de fechas 11 de
mayo de 1977 y 22 de abril de 1980, respectivamente. Se modifi-
ca, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos.
2988 y 1911, de fechas 27 de julio de 1977 y 20 de agosto de
1980, respectivamente.
10.- Res. No. 62-84-MC,
de fecha 15 de febrero de 1984,
que modifica las Resoluciones Nos. 114-80-C
y 9-81-MC,
de
fechas 22 de abril de 1980 y 27 de enero de 1981, respectiva-
mente, dictadas a favor de la empresa “LATEXDAM, C. POR
A.”, a fin de que el renglon que aparece como 6xido de cine con
una concentracion de 88% a 90% quede consignado con una con-
centracion de 99.5%, N.A.B. 28.19-00.01, con la misma canti-
dad de 28,871.9 libras anuales. Se modifican, en consecuencia,
en cuanto sea necesario 10s Decretos Nos. 1911 y 2327, de fechas
23 de agosto de 1980 p 19 de marzo de 1981, respectivamente.
Articulo 2.- Enviese a las Secretarias de Estado de Industria y
Comercio y de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 121º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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