Texto de la norma
Decreto Nº 4065, que concede naturalización dominicana provisional, al menor Nelson Urrutia Estrella. G. O. Nº 8283, del 10 de septiembre de 1958.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4065
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Nelson Urrutia de la Rocha en fecha 27 de agosto del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y los documentos que la acompañan;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización Nº 1683 del 16 de abril de 1948, agregado por la Ley Nº 2665 del 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concedo, provisionalmente, la nacionalidad dominicana al menor Nelson Urrutia Estrella, nacido en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el día 9 de octubre de 1953, hijo legítimo del solicitante señor Nelson Urrutia de la Rocha y de su esposa señora Viola C. Estrella de Urrutia.
Art. 2.—Al cumplir la edad de 18 años el menor favorecido por el presente Decreto podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 12 inciso 3º de la Constitución de la República.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de septiembre del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 96º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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