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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4051

QEU CONCEDE JUBILACION DEL ESTADO A LOS SEÑORES ATALA CABRAL RAMIREZ, MANUEL PAULINO Y DOCTORA AUREA PRUDENCIA SUBERO S.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 ago de 1958fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8280Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Atala Cabral RamírezPensión—RD$200.00
Manuel PaulinoPensión—RD$60.00
Aurea Prudencia Subero SPensión—RD$68.40

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4051, que concede jubilación del Estado a los señores Atala Cabral Ramírez, Manuel Paulino y Doctora Aurea Prudencia Subero S. G. O. Nº 8280, del 31 de Agosto de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4051 CONSIDERANDO: Que en el presente caso los solicitantes reúnen las condiciones que exige la ley sobre la materia para que puedan ser jubilados y que sus solicitudes han sido preparadas y tramitadas de acuerdo con la misma; VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Concedo el beneficio de la jubilación y les asigno sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas: a) A la señora Atala Cabral Ramírez, una pensión de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; b) Al señor Manuel Paulino, una pensión de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales; y c) A la Doctora Aurea Prudencia Subero S., una pensión de sesenta y ocho pesos con cuarenta centavos oro (RD$68.40) mensuales. Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de Agosto del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona