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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1889

QUE NOMBRA DOS OBSERVADORES OFICIALES DE LA REPUBLICA EN LAS ELECCIONES QUE PARA ELEGIR AL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE, SE CELEBRARA EN EL SALVADOR EL DIA 25 DE MARZO DE 1984

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 mar de 1984fecha
Designacióntipo
G. O. 9634Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Manuel de Ovín FilpoDesignaciónObservadores Oficiales de la República Dominicana en las elecciones que para elegir Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de marzo de 1984
José Altagracia Silié GatónDesignaciónObservadores Oficiales de la República Dominicana en las elecciones que para elegir Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de marzo de 1984

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Manuel de Ovín Filpo · Observadores Oficiales de la República Dominicana en las elecciones que para elegir Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de…

    Otros 5 decretos con este nombre →

  • José Altagracia Silié Gatón · Observadores Oficiales de la República Dominicana en las elecciones que para elegir Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de…

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1889, que nombra dos Observadores Oficiales de la República en las elecciones que para elegir al Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de marzo de 1984 G.O. No. 9634 del 31 de Marzo de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1889 CONSIDERANDO: Que el Gobierno de El Salvador ha expresado su interés de que la República Dominicana designe dos funcionarios que asistan, durante los días 23 a 28 del mes en curso, en calidad de Observadores Oficiales, a presenciar el desarrollo del proceso electoral que para elegir Presidente y Vicepresidente, culminará en ese país el día 25 de marzo corriente; CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Concentración Nacional, profundamente respetuoso de la democracia y las libertades pública, concede una importancia capital al principio de la autodeterminación de los pueblos, y al derecho de cada nación de escoger libremente el régimen que habrá de regirle; CONSIDERANDO: Que en el caso de procesos electorales, es imprescindible que los mismos se lleven a cabo correcta y limpiamente, a fin de que ellos reflejen la auténtica voluntad de la mayoría y obtengan el reconocimiento de la comunidad internacional. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo Unico.— Los señores Ing. Manuel de Ovín Filpo, Director General del Instituto Agrario Dominicano (IAD) y Dr. José Altagracia Silié Gatón, Consultor Jurídico de la Junta Central Electoral, quedan designados Observadores Oficiales de la República Dominicana en las elecciones que para elegir Presidente y Vicepresidente, se celebrarán en El Salvador el día 25 de marzo de 1984. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 121º de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona