Texto de la norma
Dec. No. 1751, que aprueba varias Resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial.
G. O. No. 9532, del 31 de mayo de 1980
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1751
CONSIDERANDO que las empresas INDUSTRIAS METEORO, C. POR A., BATERIAS QUISQUEYANAS, C. POR A., y
FABRICA DE BATERIAS DOMINICANA, C. POR A., formu-
laron a1 Departamento Tecnicd Industrial de la Secretarfa de
Estado de Industria y Comercio diversas solicitudes, acogi6ndo-
se a las disposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Protec-
ci6n Industrial de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que luego de realizados 10s estudios per-
tinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desa-
rrollo Industrial dict6 las correspondientes resoluciones;
VISTOS 10s articulos 9, 11, 12, 17, 19, 23, 24, 25, 36, 37,
38 y 40 de la Ley No. 299, de Incentivo y Protecci6n Industrial,
de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constituci6n de la Repdblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO PRIMERO: Se aprueban las resoluciones del
Directorio de Desarrollo Industrial que se consignan a continua-
ci6n :
1.- Res. No. 334-79-MC, de fecha 19 de diciembre de 1979,
que modifica la Resoluci6n No. 295-79-RC, de fecha 14 de
noviembre de 1979, para que las cantidades de materias pri-
mas y materiales exonerados a la empresa INDUSTRIAS METE-
ORO, C. POR A., por dicha Resoluci6n No. 295-79-RC, del
14 de noviembre de 1979, queden consignadas de la manera
como se indica en el ordinal Unico de la expresada Resoluci6n
No. 334-79-MC. Se modifica en consecuencia, en cuanto sea
necesario, el Decreto No. 1738, de fecha 12 de mayo de 1980.
2.- Res. No. 47-80-RC, de fecha 5 de marzo de 1980, que
reclasifica por el terrnzino de 8 afios, a partir del 27 de diciem-
bre de 1979, en la Categorfa “C,” a la empresa BATERIAS
QUISQUEYANAS, C. POR A., y le concede exoneracibn en pro-
p o r c h de’un 700/0 de todos 10s derechos e impuestos de impor-
tación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre la importación de los artículos detallados en el ordinal Segundo de dicha resolución. La empresa BATERIAS QUISQUEYANAS, C. POR A., se dedica a la producción de baterías para autos-agua de batería, que destina al mercado interno.
3.-- Res. No. 60-80-RC, de fecha 5 de marzo de 1980, que reclasifica por el término de 8 años, a partir del 27 de diciembre de 1979, en la Categoría "C," a la empresa FABRICA DE BATERIAS DOMINICANAS, C. POR A., y le concede exoneración en proporción de un 70o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre la importación de los artículos detallados en el ordinal Segundo de dicha Resolución. La empresa FABRICA DE BATERIAS DOMINICANAS, C. POR A., se dedica a la fabricación de baterías para autos de motores, que destina al mercado interno.
ARTICULO SEGUNDO.- Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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