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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1747

QUE CONCEDE LA CONDECORACION DE LA ORDEN DEL MERITO NAVAL A VARIOS OFICIALES DE LA MARINA DE GUERRA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1980fecha
Condecoracióntipo
G. O. 9532Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Hamlet A. Bergés SantanaCondecoración—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1747, que concede la condecoración de la Orden del Mérito Naval a varios Oficiales de la Marina de Guerra. G. O. No. 9532, del 31 de mayo de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1747 CONSIDERANDO los altos merecimientos de los miembros de la Marina de Guerra señalados en la parte dispositiva del presente Decreto, quienes participaron en diversas operaciones de salvamentos de vidas y propiedades, en ocasión del paso por nuestro país del Huracán y la Tormenta Federico; VISTAS las leyes Nos. 21, de fecha 15 de noviembre y 1930 y 3880, del 13 de julio de 1954; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito Naval, con Medalla de Servicio Distinguido, al Capitán de Navío Hamlet A. Bergés Santana, M. de G. Art. 2.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito Naval, con Medalla del Mérito Naval, a los siguientes miembros de la Marina de Guerra: Tte. de Navío DAVID CARRERO ALVAREZ M. de G. Alf. de Navío RAFAEL R. DIAZ DUVERGE M. de G. Alf. de Navío FREDDY E. PEREZ SANCHEZ M. de G. Alf. de Frag. CARLOS A. ESPINOSA JIMENEZ M. de G. Alf. de Frag. LOMBARDO BAEZ PIMENTEL M. de G. Alf. de Frag. SALVADOR MONTAS REYNOSO M. de G. Art. 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona