Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto
Texto de la norma
Dec. No. 1617, que concede jubilación con pensión del Estado a varias personas.
G. O. No. 9527, del 31 de marzo de 1980
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1617
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
a) A la señora Argentina Calventi, una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales;
b) A la señora Cire Haydée Pumarol de la Cruz, una pensión del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) mensuales;
c) A la señora Dulce Milagros Tabar Almánzar, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones que tiene reservado la Lotería Nacional para sus empleados.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona