Texto de la norma
Dec. No. 1580, que otorga exequátur a varios graduados universitarios.
G. O. No. 9526, del 15 de marzo de 1980
ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1580
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
ODONTOLOGO:
Rhina María Suero Jiménez, Angela Inmaculada Durán Jiménez, Pedro Pablo Domínguez Abreu, Joaquín Amador Garrido Contreras, José Ascanio García Díaz, Marco Antonio Pérez Gómez, Fabiola Antillana Reyes Castillo y Juan Ramón Ríos Mejía.
TECNOLOGO MEDICO:
Alma Altagracia Portorreal Morel, Clara Lilian Espinal Espinal, Modesta Moore, Rómula Crisálida Rodríguez López y Daysi Rosado Espinosa.
LICENCIADO EN BIOANALISIS:
Virginia Payano Morrobel e Iris Josefina de los Santos Matos.
LICENCIADO EN PSICOLOGIA:
Thelma B. Camarena Cano.
LICENCIADO EN QUIMICA:
Daysi Gertrudis Nivar, Martha Luisa Montes de Oca Alburquerque y María Soledad Carela Ortíz.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Marina Altagracia Santana Camacho, Germania Mercedes Fabián Liriano, Facunda Cornelio Hernández y Ramón Julián Guerrero Mena.
INGENIERO CIVIL:
Marina Altagracia Salazar Díaz, Augusto Custodio Jiménez, Mario José Báez Leo y Franklín Rafael Alvarez Efres.
AGRIMENSOR:
Carlos Manuel Herrera Ventura.
INGENIERO AGRONOMO:
Ariosto Antonio Sosa Valerio y Alejandro Bernabé Mañón Rosis.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Ramón B. Martínez P. y Tucidides B. Martínez H.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MONTECRISTI:
Julio Fabio Molina Gil.
PARRAFO: Los Notarios Públicos ejercerán las funciones propias de su profesión, únicamente dentro de la jurisdicción correspondientes al lugar específico en que se les ha expedido el nombramiento.
Art. 2.— Envíese a las Secretárías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, de Educación, Bellas Artes y Cultos y de Finanzas, a la Procuraduría General de la República y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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