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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1485

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS GRADUADOS UNIVERSITARIOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 ene de 1980fecha
Exequáturtipo
G. O. 9523Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1485, que otorga exequátur a varios graduados universitarios. G. O. No. 9523, del 31 de enero de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1485 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de MCdicos reci6n graduados de fecha 11 de mayo de 1967; VISTA la Ley sobre Organizaci6n Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el p k a f o del articulo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantfa profesional de 10s ingenieros arquitectos y agrimensores; VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores P~blicos Autoriza- dos de fcha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Repiiblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1 .- Se otorga exequatur a las personas sefialadas a conti- nuacibn, para que puedan ejercer en todo el territorio de la Repbblica, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes; MEDICO: Richard Main Domino Gabriel, Guilber Radhames Mesa Fi- guereo, Idalia Maritza Jim6nez Polanco, Ana Antonia Ogando Valenzuela, Nurys Maria Dominga . .Jorge Quezada, Jose Ram6n Villamdn Fernindez, Miguel And& Urefia Cruz, Lourdes Yo- landa Peguero de Sanctis y Eudosia Inocencia de la Altagracia Mojica Ramirez. ODONTOLOGO : Piedad del Carmen Cow0 Rodriguez, Miriam Altagracia Minguez Hernbdez, Victor Radhames Mejfa Gonzdez, Hector Manuel Sánchez Español, Sonia Danitza Hernández Guillén, Pura Mercedes Romero Portuondo, Nelson de Jesús Jiménez Pérez y José Enrique Suriel Vargas. INGENIERO AGRONOMO: Luis Alfonso Hernández Batista, Francisco Antonio Salcedo Sirí, Frank Arcides Espinosa Nin y Gloria Maritza Rosario Valdez. AGRIMENSOR: Julio Ernesto Báez Báez, Pedro Cirilo Bernard Camacho, Rafael Leonidas Veloz Guerra, Leonidas Alberto Ortiz de la Rosa, Ramón Ernesto Baret, Rafael Alberto Dietsch Wagner, Carmen María Kunhardt Kunhardt y Juan Emilio Castellanos. INGENIERO CIVIL: Valerio Severino, Gilberto Manuel Cruz Grullón, Freddy Antonio Recio Hernández, Onéximo Antonio González, Emelio Pérez Jiménez, Magalys Bienvenida Eve González, Juan Harcy Federis Ramos Cruz, Alwin Alberto García Martínez, Gilberto Guarionex Tapia Fernández, Ernesto Miguel Edwards Vólquez, Miguel Augusto Fernando Ramírez, Ramón Sánchez Rico, Julio Ernesto de Jesús Simó Vargas y José Francisco Bobea Pérez. INGENIERO QUIMICO: Francisco José Alba Minaya, Danilo Rafael Ortiz Díaz y Rubén Darío Reyes Alba. ARQUITECTO: Gladys Leticia Tejeda Peña, Ivonne Victoria Meyer Schotborgh y Argentina Altagracia Berroa Espaillat. INGENIERO ELECTRICO: Miguel Angel Hernández Gobaira. INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA: Mdximo Rafael Garcfa Acosta. INGENIERO ELECTROMECANICO: Felix Evangelista Tavarez Martinez. ABOGADO: Carolina de la Altagracia Garrido Rodriguez, Hector Ar- qufmedes Corder0 Frias, Julio Ernest0 Biez BAez, Luis Miguel Pereyra Canielle, Moist% Aurelio Rojas Jimeno, Altagracia Elena Bobea Peguero, Cruz Perla M. Montero Brens, Vilma Ali- cia Ferniindez Mora, Ana Cristina Mercedes Domfnguez Guz- mdn, Ricardo Antonio Pellerano Paradas, Germaine Eugenia Dominicana Matos Gbmez, Marie1 Maria Le6n Lebrbn, Ana Maria GermAn Urbsiez, Maria de la Altagracia Carbuccia Ntiiiez, Clara Tena Delgado, Mayra Evangelina Balaguer Month y Francisco Jose Alvarez Valdez. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Belh Garcia de Pefia, Clara Aleida G6mez Burgos, Amau- ry de JesGs Pimentel Bello, Eli0 Emilio.Olivero Guzmh, Ale- jandrina Chireno Colome, Jose Domingo Burgos Cris6stomo, Yolanda Altagracia Perdomo Col6n, F6lix Miguel Lantigua Ji- menez, Jacobo Abreu Abreu, Juan Augusto Olivo Pefia, Cle- destina Labour Shchez, Brigida Mercedes Tejada Escoboza, Altagracia Milagros Castillo Castillo, Raimundo Daniel Tirado Calcaflo, Ram6n Emilio Quezada Viloria, Ram6n Tebfilo Ferrer Ricart, Temistocles Alcibiades Pana Germin, Elizaida Altagra- cia Puigvert Durh, Milagros Josefina Mateo Florentino, Julio Augusto Dujarric David, Guillermina Lugarda Villar Cintrbn, Belkis Edenta Rojas Martinez, Maria Altagracia Cabrera Marti- nez, Lourdes Magdalena G6mez Ruiz, Domingo Germ411 Moron- ta, Ada Belkis Morales Payin, Pedro Veloz Aldntara, Nelson Pri- mitivo Moquete Acosta, Celandia Teresa Valdez PeAa, Concep ci6n Mota Ayala, Rafael Leonard0 de 10s Santos Morales, Dit+ medes Celesto Santana. Rivera, Calixto Antonio Alvarez Toms, Valerio Polanco Polanco, Rutys Ferdinando Soler González, Guillermo Alejandro Rey Franco, Ramón Emilio Roedan Hernández, César Aníbal García Sosa, Carlos Manuel González Mora y Oneida Moscoso Silva. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE HIGUEY: Sinforoso Pepén Solimán. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VEGA: Adriano Rafael de Jesús Mieses G. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SABANA DE LA MAR: Fabio Rodríguez Sosa PARRAFO: Los Notarios Públicos ejercerán las funciones propias de su profesión, únicamente dentro de la jurisdicción correspondiente al lugar específico en que se les ha expedido el nombramiento. Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas, a la Procuraduría General de la República y al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta; años 136o. de la Independencia y 117o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona