Texto de la norma
Art. 2.- Queda derogado el Decreto No. 123 1, de fecha 1 1 de
octubre de 1979.
DADO en Santo Doming0 de Guzmh, Distrito Nacional,
Capital de la Repcblica Dominicana, a 10s diecisiete (17) dlas
del nies de enero del ajlo mil novecientos ochenta;&os 1360.
de la Independencia y 1 170. de la Restauracidn.
ANTONIO GUZMAN
Dee. No. 1453, que concede natunliucidn dominium al Sr. Rami Keisar.
G. 0. No. 9523. del 31 de enera de 1080
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la RepGblica Dominicana
NUMERO: 1453
VISTA la solicitud que por conduct0 de la Secretarfa de Esta-
do de Interior y Policfa ha elevado al Poder Ejecutivo la persona
que sz: menciona en la parte dispositiva del presente Decreto,
para que le sea concedida la naturalizacibn dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalizacidn, de fecha 16 de
abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucibn de la RepSblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.-
Se concede la naturalizacidn dominicana en favor del
senor Rami Keisari, de nacionalidad israelf.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez y ocho días del mes de enero del año mil novecientos ochenta; años 136o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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