miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1432

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL, LA ADQUISICION POR EL ESTADO DOMINICANO DE VARIAS PARCELAS EN EL MUNICIPIO DE S. JOSE DE LAS MATAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 ene de 1980fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9520Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1432, que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano de varias parcelas en el Municipio de S. José de las Matas. G. O. No. 9520, del 10 de enero de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1432 CONSIDERANDO que es de vital importancia la adquisición por el Estado Dominicano de varias parcelas en los Municipios de San José de las Matas, Monción y Santiago Rodríguez, ubicadas dentro del área de influencia del "Plan Sierra"; VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.- Se declara de utilidad pfiblica e inter& social para ser traspadp al Instituto Agrario Dominican0 y destinadas al “Plan Sierra”, la adquisici6n pox el Estado de las parcelas detalladas a continuaci6n, propiedad de la CompaAfa Industrial Maderera, C. por A,: a) Parcelas Nos. 1 4 , 2 y 18 del Distrito Catastral No. 7 del Municipio de San JoSe de las Matas, con h a s respectivas de 22, 463.00, 11,249.00 y 140.00 tareas nacionales; b) Parcelas Nos. 243 y 359, del Distrito Catastral No. 2 del Municipio de San J d de las Matas, con heas respectivas de 9 1,OO y 8,2 17.00 tareas nacionales; c) Parcela No. 1 del Distrito Catastral No. 8 del Municipio de San Jose de las Matas, con &ea de 195,622.00 tareas nacionales; d) Parcelas Nos. 1 , 2 y 3 del Distrito Catastral No. 6, del Muni- cipio de San Jose delasMatas, con 4reas respectivas de31,753.00, 8,719.00 y 20753.00 tareas nacionales; e) Parcelas Nos. 1, 2-R, 2-R-1, 444 y 446, todas del Distrito Catastral No. 2 del Municipio de Moncibn, con ireas respectivas de 4,169.00, 8,357.00, 178.00, 2,155.00 y 129.00 tareas nacio- nales; f) Parcela No. 1 4 del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Santiago Rodrguez, con &rea de 109,661 tareas nacionales; . g) Parcelas Nos. 1 4 y 1-H, del Distrito Catastral No. 9, del Municipio de Santiago Rodriguez, .con &reas respectivas de 4,455.00 y 2,098.00 tareas nacionales; h) Parcela No. 1-D del Distrito Catastral No. 6 del Municipio de Santiago Rodriguez, con &ea de 6,875.00 tareas nacionales;e i) Parcela No. 1 del Distrito Catastral No. 8 del Municipio de Santiago Rodriguez con Area de 2,379.00 tareas nacionales. P Art. 2.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con 10s propietarios de 10s inmuebles precedentemente indicados para su compra de grado a grado por el Estado Dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales realizd todos 10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extra- ordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropia- ci6n de 10s mismos. Art. 3.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesi6n de 10s inmuebles indicados, a fin de que se puedan iniciar en 10s mismos, de inmediato, 10s trabajos sefialados, luego de ser cumplidos 10s requisitos exigidos por el Articulo 13 de la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943, modificado por la Ley No. 700, del 3 1 de julio de 1974. *1 Art. 4.- La entrada en posesi6n por el Estado Dominicano de 10s mencionados inmuebles, serd ejecutada por el Abogado del Estado, por tratarse de inmuebles registrados, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nd. 486, del 10 de noviembre de 1964, que ampa un Pzirrafo I1 al Articulo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943. Art. 5.- El Instituto Agrario Dominicano prestari toda la colaboracih necesaria para la debida ejecuci6n del presente decreto. Art. 6.- Envfese a1 Administrador General de Bienes Nacio- nales, al Director General del Instituto Agrario Dominicano y a1 Abogado del Estado, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmiin, Distrito Nacional, Capital de la RepCblica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de enero del aflo mil novecientos ochenta; &os 1360. de la Independencia y 1 170. de la Restauraci6n. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona