QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE REALIZAR UN ESTUDIO TENDENTE A ESTABLECER REGLAMENTACIONES QUE PERMITAN EL DESARROLLO DE LA ACUACULTURA Y LA PESCA
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Texto
Texto de la norma
Dec. No.1824, que crea e integra una Comisión encargada de realizar un estudio tendente a establecer reglamentaciones que permitan el desarrollo de la acuacultura y la pesca
G.O. No. 9632 del 29 de Febrero de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1824
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Concentración Nacional tiene interés en organizar y fomentar la acuacultura y la pesca, por ser actividades generadoras de empleo que contribuyen al desarrollo económico y social del país;
CONSIDERANDO: Que debe hacerse un estudio tendente a establecer reglamentaciones que permitan el desarrollo de la acuacultura y la pesca nacional;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Se crea una Comisión, la cual estará integrada por el Ing. Agrón. Emilio A. Olivo, quien la presidirá; el Ing. Agrón. Raúl Osvaldo Hernández, Director del Centro de Investigación y Mejoramiento de la Producción Animal (CIMPA); el señor Israel Anderson, Director de la División de Acuacultura de la Secretaría de Estado de Agricultura; un representante del Secretariado Técnico de la Presidencia; y los señores Ing. Arturo Grullón E.; Ing. Francisco José Mera y Licda. Isabel Vargas, Miembros.
Artículo 2.— Esta Comisión tendrá por encargo la realización de un estudio tendente a establecer reglamentaciones que permitan el desarrollo de la acuacultura y la pesca nacional.
Artículo 3.— La Comisión deberá en un plazo de 60 días, ren-
dir un informe al Poder Ejecutivo, recomendando las reglamentaciones que considere necesario establecer, así como su mecanismo de aplicación.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona