Texto de la norma
Dec. No. 1736, que restablece la pensión otorgada al Contralmirante (Retirado), M. de G., Luis Homero Lajara Burgos
G.O. No. 9630 del 31 de Enero de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1736
CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de septiembre de 1976 el Poder Ejecutivo dictó el Decreto No. 2347 el cual dispuso en su Artículo 1ro. que "El Contralmirante Luis Homero Lajara Burgos, M. de G., queda colocado en situación de retiro con la pensión que le corresponde de acuerdo a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas";
CONSIDERANDO: Que posteriormente, en virtud de la Resolución No. 134-C del 26 de agosto de 1981 de la Junta Administradora de Retiro de las Fuerzas Armadas, la cual dispuso que la pensión otorgada al Sr. Luis Homero Lajara Burgos era la correspondiente al rango de Teniente Coronel del Ejército Nacional, el Poder Ejecutivo mediante el Decreto No. 2774 del 30 de septiembre de 1981, derogó el Decreto No. 2347 señalado;
CONSIDERANDO: Que el Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas ha solicitado al Poder Ejecutivo la derogación del Decreto No. 2774 del 30 de septiembre de 1981 y el restablecimiento con todas sus consecuencias legales del Decreto No. 2347 del 23 de septiembre de 1976;
VISTA la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas No. 873, de fecha 31 de julio de 1978;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se restablece la pensión otorgada al Contralmiran-
te (Retirado) M. de G., Luis Homero Lajara Burgos, mediante Decreto No. 2347 de fecha 23 de septiembre de 1976.
Artículo 2.- Queda derogado el Decreto No. 2774, de fecha 30 de septiembre de 1981.
Artículo 3.- Se modifica, en cuanto sea necesario, la Resolución No. 134-C, de fecha 26 de agosto de 1981, de la Junta Administradora de Retiro de las Fuerzas Armadas.
Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 140° de la Independencia y 121° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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