Texto de la norma
Decreto No. 2133, que declara Duelo Oficial con motivo del fallecimiento de Don Luis Amiama Tió.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2133
CONSIDERANDO que el fallecimiento en la ciudad de Filadelfia, Estados Unidos de América, de Don Luis Amiama Tió,
ex-Miembro del Consejo de Estado, ha producido en todo el pueblo dominicano profundos sentimientos de pesar;
CONSIDERANDO que el Gobierno Dominicano con motivo de tan irreparable pérdida ha querido rendir tributo de respeto y reconocimiento a los relevantes servicios prestados al país por el distinguido ciudadano y hombre público Don Luis Amiama Tió, uniéndose a los sentimientos de todo el pueblo dominicano;
VISTA la Ley No. 108, de fecha 21 de marzo de 1967;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declaran de Duelo Oficial con motivo del fallecimiento del distinguido ciudadano Don Luis Amiama Tió, ex-Miembro del Consejo de Estado, los días 8, 9 y 10 de diciembre del año en curso. En consecuencia, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta, durante los días señalados, en todos los recintos militares y edificios públicos del país.
Art. 2.— Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas y de Interior y Policía y la Procuraduría General de la República, quedan encargadas de la ejecución del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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