Texto de la norma
Dec. No. 2082, que autoriza a varias personas a hacer cambios en su nombre.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2082
CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas fueron autorizadas a realizar los procedimientos establecidos por
la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- La señora María Petronila Grullón Hernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Grullón Hernández.
Art. 2.- La señora Faustina Montero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Faustina Amada Montero.
Art. 3.- La señora Teodosa Victorino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Martha Teodosa Victorino.
Art. 4.- El señor Jesús M. Porfirio Mota Henríquez, queda autorizado a cambiar el nombre de su hija menor Ivette Alexandra Ramona Mota Pimentel, por el de Ivette Alexandra Mota Pimentel.
Art. 5.- La señorita Jojani Ariz Zorrilla, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Yohany Ariz Zorrilla. En consecuencia queda derogado y sustituido el artículo 2 del Decreto No. 1776 de fecha 23 de mayo de 1980.
Art. 6.- La señora María Fidia Valdez Tolentino, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Fidia María Valdez Tolentino.
Art. 7.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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