Texto de la norma
U
62) A1 seiior Luis Emesto Encarnaci6n Soto, una pensi6n del
Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales; y
63) A la senora Herminia Antonia Aquino de Garcfa una pen-
si6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales;
Art. 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pdblicos.
DADO en Santo Doming0 de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s cinco (5) dfas del mes
de noviembre del aiio mil novecientos ochenta; aflos 1370. de
la Independencia y 1180. de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Doc No. 2076, que concede jubilrci6n con prmi6n del Estado I
varias perrons.
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Reptiblica Dominicana
NUMERO: 2076
VISTA la Ley No. 5 185, sobre Pensiones Civiles del Estado de
fecha 3 1 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucih de la Reptiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilacih y se asigna
sendas pensiones del Estado a las personas siguientes:
1) A la senora Dulce Maria Peralta Brache, una pensi6n del
Estado de doscientos veinte y cinco pesos or0 (RD$225.00)
mensuales;
2) A1 seilor Aquino Espejo, una pensi6n del Estado de ciento
setenta y un pesos or0 (RD$17 1 .OO) mensuales;
3) A la seiiora Luisa Taveras de Duval, una pensi6n del Estado
de cieiito cuarenta y seis pesos or0 (RD$146.00) mensuales;
4) A1 senor Mariano Rosario, una pensi6n del EStado de ciento
veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales;
5 ) A1 sefior Juan Nfifiez Cepeda, una pensi6n del Estado de
ciento once pesos or0 (RD$ 1 1 1 .OO) mensuales;
6) A1 sefior Antonio Pacheco, una pensi6n del Estado de cien-
to sesenta y cinco pesos or0 (RD$165.00) mensuales;
7) A1 sefior Jorge Agustfn Ligthboum, una pensidn del Estado
de ciento sesenta y cinco pesos or0 (RD$165.00) mensuales;
8) .A la sefiora Altagracia Ferrari Imbert de Femdndez, una
pensi6n del Estado de doscientos diez pesos or0 (RD$210.00)
mensu ales ;
9) A la senora Norma Julia Luisa David Pina, una pensi6n del
Estado de doscientos diez pesos or0 (RD$2 10.00) mensuales;
10) A la sefiora Lidia Antonia Naut de Martfnez, una pensi6n
del Estado de cien pesos or0 (RD$ 100.00) mensuales;
11) A la sefiora Maria Josefa del Carmen Hemllndez L6pez,
una pensibn del Estado de doscientos diez pesos or0 (RD$210.-
00) mensuales;
12) A la sefiora Altagracja Caridad Ortiz Montero, una pen-
si6n del Estado de ciento cuarenta y siete pesos or0 (RD$l47.00)
mensuales ;
13) A la sefiora Evangelina Aurora Espinal Delgado, una pen-
si6n del Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales;
14) A1 sefior Carlos Dionisio Peralta, una pensi6n del Estado
de ciento cuarenta y cuatro pesos or0 (RD$144.00) mensuales;
15) A la sefiora Aurea Maria Ferndndez de Moya, una pensibn
del Estado de ciento treinta y dos pesos or0 (RD$132.00) men-
suales;
16) A la seilora Agueda Esperanza Perez Valois, una pensibn
del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 (RD$I56.00)
mensuales ;
17) A1 senor Luis Pichardo Troncoso, una pensidn del Estado
de ciento ochenta y tres pesos or0 (RD$183.00) rnensuales;
18) 4.1 seiior Manuel Veloz Miyares, una pensi6n del Estado
de ciento ochenta y tres pesos or0 (RD$183.00) mensuales;
19) A la senora Sonia Ivonne Garcia de Ferndndez, una
pensi6n del Estado de doscientos cuarenta pesos or0 (RD$240.-
00) mensuales;
20j A1 senor Bolfvar Oviedo Garahito, una pensibn del Es-
tad0 de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales;
21) A1 seilor Alfred0 Belisario Cross Ortfz, una pensi6n
del Estado de doscientos ochenta y cinco pesos or0 (RD$285.00)
mensuales ;
22) A la senora Carmen Venecia Valenzueh Mcqucte Vda.
Soufront, una pensi6n del Estado de dOscientOS cuaaenta pesos
or0 (RD$240.00) mensuales;
23) A la seiiora Fanny del Carmen Garcia de Storms, una pen-
d6n del Estado de cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales;
243 A1 sefior Poro Chan Belilla, una pensi6n del Estado de
ciento noventa y ocho pesos or0 (RD$198.00) mensuales;
25) A1 seAor Carmelo de la Rosa, una pensibn del Estado de
cien pesos or0 (RD$lOO.OO) mensuales;
c
26) A1 sefior Manuel Joaquin Nadal Mendoza, una pensibn del
Estado de ciento ochenta y tres pesos om (RD$183.00) mensue
les ;
27) A1 sefior Jose Acosta Mendez, una p e n z n del Estado de
ciento noventa y ocho pesos or0 (RD$198.00) mensuales;
28) A1 sefior Francisco Antonio Rosario, una pensi6n del
Estado de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales;
29) A la senora Maria Antonia Rosario Rodriguez, una pen-
sibn del Estado de ciento diez y siete pesos or0 (RDS117.00)
mensuales ;
30) A la seiiora Thelma Pinales Martinez, una pensi6n del Es-
tad0 de cien pesos or0 (RD$100.00) mensuales; y
31) A1 senor Rafael Antonio Perez Compres, una pensi6n del
Estado de doscientos cuarenta pesos or0 (RD$240.00) mensua-
les.
Art. 2.- Dichas pensiones serdn pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones que tiene reservado la Loterfa Nacional
para sus empleados.
DADO en Santo Doming0 de Guzmh, Distrito Nacional,
Capital de la RepQblica Dorninicana, a 10s cinco ( 5 ) dfas del mes
de noviembre del aiio mil novecientos ochenta; aAos 1370. de la
Independencia y 1 180. de la Restauracih.
ANTONIO GUZMAN
Dsc. No. 2077, que concede pemi6n del Estado a varios Centenaria y Nonagenarios.
‘.k. NTON IO GUZMAN
PresideGte de la Repdblica Dorninicana