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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5341

NOMBRA AL TENIENTE CORONEL JOHN W. ABBES GARCIA, CONTROL DE PRECIOS DE PETROLEO, GASOLINA Y DEMAS DERIVADOS DEL PETROLEO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 nov de 1959fecha
Designacióntipo
G. O. 8425Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
80s y I,e: cle Gasto.; 1Yil)licos. N" l:K< del :U) (le julio tic. 1 9 3 , J siis inodificaciones; En ejercicio de las atribucioncs que me confiere el a!.. ticulo 54 de la ConstituciOn de la Hepiihlica, dicto el siguientc 1) 13 C R E 'I' 0 : AF'ITICULO t7h'lC0. - E1 'I'cnienle C;oronel .I o 11 n \V. Abbes Garcia, queda nombrado Mienibro de la Gomisicin Per- mane:ite para conocer de toda compra de combustibles para el Gohierno realizada por concursos, prevista en el articulo 2 del Decreto NQ 6462, del 3 de ahril de 1!150, en sustitucihn del Sulnsecretario de Estado de Finanzas. DADO en Ciudad Trujillo, llistrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s veinticinco dias del nies tlz novieinhe del mil iiovecienlos ciiicuenta y nueve, aiios 116'' de la Independencia, 97Q de la Resiauracihn y 3O'J de la J<r.i de Trnjillo. REC TOR El. T RtT,ll LI. 0 ,110 1,lSd. Decreto N'.' 5341, que nombra a1 Tenicnte Coronel John W. Abbes Garcia, Control de Precios de Petrbleo, Gasolina y denias -1erivados del Petr6leo. G. 0 No 8425, del 28 de Noviembre de 1959. L I R ~ O R Rimwxirw T I K I L I J . ~ JIOLISA t)i c,.iitlsiitr. ti(, l(i 1~c~piibiii.ci I)oini~iicwitt~ sITJ11~:120 .% 11 \'1S'l'A la I,ey sobre Medidas cle hhergencia N" 5112, del 2 4 de cbi*iI tlr l!jc5!l, que i*aLific:i la N" 2T00, del 28 de eneru de 1951; Eli e.jercicio de las alribuciones que me confiere el ar- liciilo -7 1 de la (:on\tilucihn de la ~ ~ e p ~ i l ~ l ~ c ~ i ~ tllclo r.1 siguienfi: D E C R E T O : ARTICUIAO 1 . -- 13 'Tcnienle Coronel .John 14'. .li)l~es Garcia, qc~ccla noinbrado Control (le I'recios de I'etrcileo, Ga- solina y tiemiis derivados del petrtileo, y en consecuencia in- vestid(> (le a11 ior3::d p:11*2 i'i,i :IT ios piwios inasimos de c11- chos procluctos. AK'I'ICV1,O 2. - -To& vciita de 10s productos inencion2- dos en el articulo anlcrior a precios superiores a 10s que scan fijados por el citado Control tlara lugar a la aplicacibn a 10s infractores de la pena prevista en el articulo 3 de In Ley sobre Medidas de Emergencia y4 expresada, ARTICULO 3.— Quedan derogados los Decretos Nos. 6939, del 8 de noviembre de 1950 y 612, del 3 de febrero de 1955. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de noviembre del mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreto N° 5342, que dispone que a partir del 1° de enero de 1960, la Dirección del Presupuesto sea denominada Dirección del Servicio de Economía y Coordinación para los Gastos del Gobierno, y dicta otras disposiciones. G. O. N° 8425, del 28 de Noviembre de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5342 CONSIDERANDO: Que el Gobierno está empeñado en un plan de economía y austeridad en todos sus egresos como medida esencial para la cabal y satisfactoria ejecución de su Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos; CONSIDERANDO: Que para el logro de esa finalidad es necesario que las asignaciones presupuestales y los gastos que de ellas se deriven sean objeto del más cuidadoso análisis y control administrativo mediante un Servicio Público de economía y coordinación; VISTA la Ley Permanente sobre Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos N° 1363, del 30 de julio de 1937; VISTA la Ley Orgánica de Secretaría de Estado N° 4378, del 10 de febrero del 1956, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—A partir del primero de enero del 1960, la Dirección del Presupuesto se denominará Dirección del Servicio de Economía y Coordinación para los Gastos del Gobierno. Art. 2.—Los presupuestos de los Departamentos del Gobierno, y las solicitudes de asignaciones de fondos y de gastos se someterán al Secretario de Estado de Finanzas, quien después de estudiarlos los remitirá con su recomendación al

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona